
Cuando una persona fallece, sus bienes y derechos son transferidos a los herederos, quienes deben pagar el impuesto de sucesiones. Este tributo grava el incremento patrimonial que supone para los herederos recibir los bienes y derechos del fallecido, ya sea por testamento o por ley.
El importe del impuesto de sucesiones puede variar según la comunidad autónoma en la que se encuentren los herederos y los bienes recibidos. En algunos casos, existen bonificaciones o exenciones para familiares directos, y se establecen diferentes tipos impositivos en función del grado de parentesco o del valor de los bienes heredados.
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La liquidación del Impuesto de Sucesiones y la solicitud de varios certificados son trámites fundamentales para los herederos. Conocer los plazos y las vías para realizar estos procedimientos puede agilizar significativamente el reparto de la herencia, un proceso que puede durar entre un mes y un año, dependiendo de las decisiones tomadas.
Cuál es el plazo de Pago del impuesto de sucesiones
En el caso de herencias, es necesario gestionar los trámites correspondientes en los primeros seis meses a partir de la fecha del fallecimiento. Para las donaciones, el plazo es de 30 días hábiles a contar desde el día en que se realiza la donación. El pago se realiza en la Comunidad donde esté establecido el último domicilio habitual del fallecido.
El pago del Impuesto sobre Sucesiones prescribe después de cuatro años desde la fecha de finalización del plazo de seis meses para el pago voluntario. Esta prescripción se aplica siempre que la Agencia Tributaria no haya enviado una notificación mediante un requerimiento específico de pago.
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Prórroga del Impuesto de Sucesiones
El Impuesto de Sucesiones debe pagarse en un plazo de seis meses desde la fecha del fallecimiento. Los herederos deberán presentar la declaración ante la Agencia Tributaria correspondiente. Ahora, existe una alternativa para quienes no pueden hacer frente a este gasto en el plazo establecido.
En estos casos se puede solicitar una prórroga para el pago del Impuesto de Sucesiones, siempre que lo hagan dentro de ciertos plazos. Los herederos deben enviar la solicitud de prórroga en los cinco meses siguientes al fallecimiento. Si transcurre este tiempo sin realizar la solicitud, no se concederá ninguna prórroga.
Los herederos deben solicitar la prórroga de manera presencial en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro, en la Administración General del Estado, en Correos, en los propios ayuntamientos municipales o de forma online a través de la página web oficial de la Agencia Tributaria. El plazo para pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones es de seis meses, contado a partir de la fecha en que finalicen los seis meses establecidos por la ley para su pago.
Qué pasa si no pago el Impuesto de Sucesiones
Cada heredero es responsable de pagar la cantidad que le corresponde. En caso de no hacerlo, se enfrentará a recargos que van del 5% al 20% de la deuda. Si el heredero paga el impuesto y los intereses en este momento, no se aplicará ninguna sanción adicional.
Sin embargo, si no se abona el impuesto junto con el recargo, se impondrá una sanción por infracción tributaria, calculada en función de la cuota defraudada. Al recibir una herencia, también se adquieren obligaciones fiscales. De no cumplirlas, se enfrentan consecuencias económicas que deben ser consideradas.
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