Este es número máximo de contratos temporales que te pueden hacer antes de ofrecerte un indefinido

Los plazos han quedado reducidos con la última reforma laboral, que limita los contratos de este tipo a determinados sectores y circunstancias imprevisibles

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Un camarero trabaja en la terraza de un bar. (David Zorrakino / Europa Press)
Un camarero trabaja en la terraza de un bar. (David Zorrakino / Europa Press)

La reforma laboral cumple el próximo mes de abril dos años. El nuevo texto legal cuenta con el visto bueno de empresarios y sindicatos, que han torcido el brazo para cerrar lo que en su día se calificó como un “acuerdo histórico”. La norma centra sus objetivos en impulsar el empleo indefinido y reducir la temporalidad, dos objetivos que, al menos de momento, han empezado a dar sus frutos. Una de las principales medidas ha sido la reformulación de los ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, así como la creación de los contratos de fijo discontinuo, una especie de puente entre ambas modalidades.

La negociación colectiva es otro de los aspectos que trata la reforma laboral, cuyo objetivo principal —entre otros— es la reducción de la temporalidad en España, que ha cerrado este mes de noviembre con 20.806.074 afiliados a la Seguridad Social, la cifra más alta de toda la serie histórica para esta época del año. La norma nace para darle más estabilidad al mercado de trabajo y aumentar la seguridad jurídica en lo que a la negociación colectiva se refiere. Los contratos ordinarios serán, por tanto, siempre indefinidos, y las empresas tendrán que cumplir una serie de requisitos para poder firmar un contrato temporal.

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El contrato indefinido será el predominante y solo tendrán cabida los contratos temporales por causas muy concretas como, por ejemplo, circunstancias de la producción y sustituciones. El modelo temporal de obra y servicio, que permitía alargar la precariedad de los trabajadores durante un máximo de cuatro años, queda con esta nueva norma fuera de juego. Las empresas podrán firmar un contrato temporal cuando se produzca un desajuste o imprevisto, pero la duración máxima será de seis meses —un año si el convenio lo permite—. Las situaciones excepcionales, como la campaña de Navidad, también admiten este tipo de contratos, aunque la empresa tiene que especificar las funciones requeridas y la relación laboral no puede prorrogarse durante más de 90 días.

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¿Cuántos contratos temporales puede encadenar un trabajador?

Los contratos temporales son los grandes aliados de muchas empresas, que utilizan este mecanismo para tener a los trabajadores atados mediante renovaciones infinitas hasta que consiguen hacerse con un contrato indefinido o, por el contrario, ponen fin a la relación laboral. La antigua norma, aprobada por el Partido Popular, establecía que las personas que trabajaban durante más de 24 meses dentro de un período total de 30 meses, mediante dos o más contratos temporales, tenían que adquirir automáticamente la condición de trabajadores fijos.

La reforma laboral de Yolanda Díaz reduce el límite a 18 meses en un periodo de 24 meses, es decir, los trabajadores no pueden encadenar contratos temporales por encima de este límite sin adquirir la condición de trabajadores indefinidos. La concatenación de contratos temporales se considerará fraude siempre que se superen las dos contrataciones temporales y estas sumen más de 24 meses en un período de 30 meses, dentro de la misma empresa o grupo de empresas.

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