La pensión que se puede cobrar a la vez con otras ayudas y subsidios: hasta 3.059 euros al mes

Se podrán combinar ambas prestaciones siempre y cuando la cuantía conjunta no supere la pensión máxima establecida por la Seguridad Social

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Estos son los años que tienes que cotizar para cobrar la pensión mínima de jubilación. (Freepik)
Estos son los años que tienes que cotizar para cobrar la pensión mínima de jubilación. (Freepik)

La Seguridad Social contempla que la pensión de viudedad se pueda compatibilizar con otro tipo de prestaciones o subsidios, siempre y cuando no se supere la cuantía máxima establecida por el organismo. Esta prestación se ideó con el fin de evitar la desprotección económica del cónyuge de la persona que ha fallecido, sobre todo si es este quien aportaba los mayores ingresos familiares.

Así pues, el organismo apunta que la pensión de viudedad es compatible con cualquier renta de trabajo, es decir, con otras prestaciones que sustituyan al salario profesional. Por ejemplo, en el caso de accidente o enfermedad se podrá compatibilizar la ayuda por incapacidad temporal o permanente con la pensión de viudedad. Del mismo modo, se podrá recibir simultáneamente la pensión de viudedad y el subsidio de maternidad o paternidad, en el caso de nacimiento de un hijo.

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Otro caso en el que se podrán recibir ambos subsidios es si se pierde el empleo. De esta forma, si se reconoce la pensión de viudedad y al mismo tiempo está cobrando el paro, se podrán percibir ambas prestaciones, siempre y cuando el importe mensual de la pensión, incluido el prorrateo de pagas extraordinarias, es inferior al 75% del salario mínimo interprofesional (SMI). Esto supone que, al mes, la suma de las dos pensiones no puede superar los 810 euros.

Pensión de jubilación

La edad de jubilación en España depende, en gran medida, de los años cotizados. Desde 2013 se ha ido retrasando paulatinamente.

Es el caso más común de combinación de ambas prestaciones. En el caso de que el cónyuge fallezca y ya se esté percibiendo la pensión de jubilación, se podrán combinar ambas prestaciones siempre y cuando la cuantía conjunta no supere la pensión máxima establecida por la Seguridad Social cada año, y que en 2023, supera por primera vez los 3.000 euros. Concretamente, si la suma del importe de la pensión de jubilación y la de viudedad supera los 3.059 euros, se pederá esta última.

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En julio de este año se han abonado 10.055.940 pensiones contributivas, un 1,1% más que hace un año, para algo más de nueve millones de pensionistas. Del total de pensiones, más de 6,36 millones eran pensiones de jubilación; 2,35 millones eran pensiones de viudedad; 947.160 eran de incapacidad permanente; 342.143 eran pensiones de orfandad, y 45.208, en favor de familiares.

Gasto en pensiones

La Seguridad Social destinó en el presente mes de julio la cifra récord de 12.017,8 millones de euros al pago de la nómina ordinaria mensual de pensiones contributivas, un 10,8% más que en igual mes de 2022. Es la primera vez en la historia que la nómina mensual ordinaria de las pensiones contributivas supera los 12.000 millones de euros.

El pasado mes de enero ya sobrepasó por vez primera los 11.000 millones de euros y siete meses después ya ha pasado de los 12.000 millones. Ello se debe a que, en aplicación de la reforma de pensiones, éstas han subido para 2023 un 8,5% como resultado de la inflación media del periodo diciembre de 2021-noviembre de 2022.

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