Aumento de jubilaciones y pensiones desde abril: por qué el ajuste por inflación podría no ser la mejor opción

El Gobierno dispuso cambiar la fórmula de Movilidad Previsional por decreto y comenzar a otorgar subas mensuales por la variación del IPC de dos meses previos. El resultado en los últimos 16 años según diversos índices

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La medida responde a las dificultades que encontró el Poder Ejecutivo para que el Congreso le apruebe la reforma de la Ley de Movilidad Previsional, tanto dentro como fuera del texto de la Ley Ómnibus (Télam)
La medida responde a las dificultades que encontró el Poder Ejecutivo para que el Congreso le apruebe la reforma de la Ley de Movilidad Previsional, tanto dentro como fuera del texto de la Ley Ómnibus (Télam)

El Gobierno nacional resolvió incrementar los haberes de jubilados y pensionados en abril en lugar de esperar a junio, como establece la legislación vigente con periodicidad trimestral, y continuar con subas mes a mes, lo hizo a través del Decreto 274 del último lunes.

Según los considerandos de la norma, la medida responde a las dificultades que encontró el Poder Ejecutivo para que el Congreso le apruebe la reforma de la Ley de Movilidad Previsional, tanto dentro como fuera del texto de la Ley Ómnibus, y generó más rechazos que adhesiones en una parte relevante de la dirigencia política, porque se basa en la tasa de inflación pasada, con un rezago de dos meses entre el momento de la percepción y el último índice publicado por el Indec, y no compensa plenamente la suba de los precios desde enero último.

“La Oficina del Presidente informa que, debido a la imposibilidad de resolver el problema de los haberes jubilatorios mediante el tratamiento legislativo ordinario con la celeridad que el asunto requiere, y frente a la licuación ocasionada por la fórmula previsional sancionada por la anterior administración, el Presidente de la Nación ha decidido firmar un Decreto de Necesidad y Urgencia para establecer una nueva fórmula jubilatoria y solucionar el problema de una vez y de manera definitiva”, y abrió el debate.

El punto de partida para abril 2024 es la última tasa conocida de inflación, que es la de febrero que según precisó Anses fue 13,24%, más el agregado de “12,5% en concepto de reparación por el daño ocasionado por la fórmula previsional del gobierno anterior”, detalla el parte de prensa oficial. Resulta una suba de 27,4%, pero con algunas particularidades no menores.

El punto de partida para abril 2024 es la última tasa conocida de inflación, que es la de febrero que fue 13,24%, más el agregado de 12,5% en concepto de reparación

Previamente, cuatro días antes a la publicación del Decreto 274, el Poder Ejecutivo Nacional había dispuesto a través del Decreto 268 que mantenía en abril el bono hasta $70.000 que estableció para marzo para quienes perciban el haber mínimo (entonces de $134.445,30) hasta completar el nuevo piso garantizado en valores brutos de $204.445,30 -antes de descuentos por todo tipo-.

Pero ese umbral significaba dejar sin aumento a quienes percibieron en marzo una base sin bono de hasta $171.283,31 por lo que se elevó el mínimo garantizado antes de descuentos de 241.283,31 pesos.

La Anses comunicó el último miércoles: “La jubilación mínima en abril alcanzará un total de $241.283,31. Por otra parte, la PUAM ascenderá a $137.026,65, a lo que se adicionará un bono de $70.000, quedando en $207.026,65. Las Pensiones No Contributivas (Invalidez y Vejez) quedarán en $119.898,32 por lo que, sumado al bono de $70.000, cobrarán 189.898,32 pesos”.

Y agregaba el parte de prensa de Anses: “Esta reciente modificación de la movilidad y sus consecuentes adelantos, generará un desdoblamiento del pago prestacional, a fin de no demorar el acceso de los beneficiarios a sus haberes. En consecuencia, habrá una primera liquidación correspondiente al haber de marzo 2024 y una segunda liquidación, dentro de abril, correspondiente al aumento por movilidad previsional y al refuerzo previsional de $70.000. En mayo se aplicará un adelanto de la movilidad correspondiente a junio, conforme la nueva fórmula (con variación del IPC de marzo); y, en junio, un incremento calculado según la nueva fórmula (variación IPC de abril). En ningún caso, la aplicación del índice podrá disminuir el haber que perciben los jubilados y pensionados”.

En mayo se aplicará un adelanto de la movilidad correspondiente a junio, conforme la nueva fórmula (variación del IPC de marzo); y, en junio según la variación IPC de abril

Y resalta el organismo: “Si en junio el aumento arrojado por la Ley de Movilidad anterior (Ley 27.609) fuera superior a lo acumulado en estos tres meses de empalme, Anses abonará la diferencia correspondiente”.

Fin del achatamiento de la pirámide de haberes

De esta forma, se interrumpe el proceso de “achatamiento” de la base de la pirámide de ingreso del conjunto de los jubilados, que fue equiparando a muchos que entraron al sistema con aportes y los que se beneficiaron de moratorias que eximieron de esa exigencia legal, en particular desde las subas diferenciadas que comenzaron en la emergencia sanitaria del Covid-19, en abril 2020, y se fue acentuando principalmente desde abril 2022, hasta llegar en la actualidad a registrar una brecha con los ajustes percibidos de poco más de 34 por ciento.

La cuenta que pareciera hacer el Gobierno es que con los nuevos valores en abril los jubilados y pensionados que perciben bonos van a acumular un incremento de 93,9% respecto del nivel que tenían antes de asumir la presidencia Javier Milei, y sin bono 95,8% en comparación con una tasa de inflación conocida (febrero 2024/noviembre 2023) de 71,4%. Si se agregan previsiones de suba del IPC del Indec en torno a 12% en marzo y 9% en abril, se obtiene un total en cinco meses de gobierno de 109%, aproximadamente.

Sobre esa base, legisladores de la oposición, y también algunos economistas, destacaron de inmediato en los medios que el desfase entre la inflación desde diciembre incluido hasta el momento del cobro del nuevo haber en abril será negativo en poco más de 8% para el 70% que percibe la base de la escala. Para el resto, la pérdida se acortaría a menos de 6% real, aunque eso se comprobará a mediados de mayo cuando el Indec informe la variación del Índice de Precios al Consumidor de referencia.

Es que si bien el 12,5% por la compensación parcial de la inflación de enero (20,6%) que se salteó en la nueva fórmula explica el atraso real de los haberes desde el inicio de la presidencia de Javier Milei, no se trataría de una pérdida irrecuperable.

Es que si cómo proyecta el Gobierno y el consenso de los economistas se sostiene el ritmo de desaceleración del aumentos del IPC del Indec y en particular de su magnitud, los próximos incrementos de ingresos para jubilados y pensionados volverán a ser mayores -como sucedió en marzo y ahora también abril- y de ese modo no sólo recuperar el rezago real que acumularon en términos de poder adquisitivo, sino, mejor aún, superarlo.

Qué revelan las estadísticas oficiales

La relación entre el nivel de los haberes de los jubilados y pensionados, con bonos para la mínima y sin bonos para el resto, y el Índice de Precios al Consumidor del Indec de dos meses antes, como desde abril va a tomar como referencia la Anses, revela que el punto máximo de ingreso real de la serie base diciembre 2007, cuando se sanciona la primera Ley de Movilidad Previsional, se registró dos veces, en septiembre 2013 y en agosto 2020 con 146,6 puntos (46,6% de ganancia de poder adquisitivo), y también en septiembre 2013 en el segundo, pero con 107 puntos (7% de mejora real).

El nivel más alto en valores reales se registró en septiembre 2013, desde ese momento acumula una pérdida de 15% en el caso de la mínima con bonos y del 56% para quienes no recibieron complemento

Por el contrario, el índice mínimo se anotó en febrero último para ambos casos: 87,8 puntos con bono, y 57,8 puntos sin bonos, y con el ajuste de abril sube a 96,5 y 68,5, respectivamente, que lo ubican con sendas caídas en valores reales de 12,8% y 36% en cada caso respecto del promedio mensual de la serie de poco más de 16 años. Dicho de otra forma, se requerirán sendas subas reales de 14,7% y 56,1% para recuperar el nivel medio histórico.

Sobre esa base es que el consenso de los analistas, políticos y ahora en el Gobierno consideran que la mejor fórmula de ajuste es la que incluye la inflación, porque el agregado de la recaudación de la Anses y de los salarios, no ha favorecido a los perceptores de haberes previsionales.

Así se comprueba en el ejercicio de comparar la variación nominal de los haberes de los jubilados y pensionados con la del Índice de Salarios del Indec para los trabajadores registrados (no se advierten grandes diferencias si se toma el Ripte -Remuneración Imponible para el Trabajador Estable- que publica el Ministerio de Trabajo), aunque en esos casos con un rezago de tres meses que caracteriza a la difusión oficial de esos indicadores.

El promedio de los salarios ha caído en valores ajustados por inflación más que los haberes de los jubilados, y, por tanto, en un escenario virtuoso de estabilización de la economía será la variable que más subirá

Para quiénes cobran el haber mínimo con bono la serie de esas relaciones base diciembre 2007 hasta el presente arroja un nivel promedio de 137,3 puntos, con un máximo de 206,1 que se alcanzó en agosto 2020 (plena pandemia de Covid-19) y un piso de 97,4 en febrero 2009 (primera presidencia de Cristina Fernández de Kirchner); y en el segundo la media fue de 131,4 puntos, con extremos de 152,8 en marzo 2020 y mínimo también de 97,4 puntos en febrero 2009.

Esto es, en general, los jubilados y pensionados obtuvieron incrementos de ingresos superiores al conjunto de los trabajadores, que es la base que debiera sustentar el sistema en un régimen previsional de reparto, por oposición del de capitalización individual, o como alternativa mixto.

Esa aparentemente extraña relación explicaría que ni en el radar del Gobierno nacional, ni tampoco en el de la mayoría de los economistas y legisladores, aparezca la mención de volver a incluir el componente salarial en la base de cálculo de la movilidad previsional, porque fue lo que llevó a un deterioro constante del poder adquisitivo de los pasivos.

Sin embargo, esa percepción omite destacar que esa brecha positiva frente al Índice de Salarios fue el resultado de que el promedio de las remuneraciones cayó en valores ajustados por inflación más que los haberes de los jubilados, y, por tanto, en un escenario virtuoso de estabilización de la economía, desarrollo y crecimiento, junto con una reforma laboral que incentive la inversión y la formalidad laboral, será la variable que comenzará a correr a mayor velocidad que el índice de precios.

Incluir en la nueva fórmula la variación del Índice de Salarios Registrados, junto al de la inflación -el que fuere mayor- permitiría empezar a cerrar la amplia brecha negativa que separa al haber base con el costo medio de vida del jubilado

De ahí que incorporar ese índice a la movilidad previsional, probablemente con la addenda “el que resulte mayor entre las variaciones del IS e IPC”, el conjunto de los jubilados -más allá del comentado desfase en la difusión de esos índices oficiales- podrá garantizar no sólo que los haberes dejen de perder contra la inflación, sino que, mejor aún, podrán empezar a cerrar la amplia brecha negativa que separa sus ingresos del costo medio de su realidad de vida, porque no quedarían estancados en un bajo nivel real histórico.

Todos los cambios de la Ley de Movilidad Previsional

El 1 de octubre de 2008, bajo la primera presidencia de Cristina Fernández de Kirchner se sanciona la Ley de Movilidad 26.417, sobre la base semestral inicial de julio a diciembre 2008 para el primer ajuste en marzo 2009 y de enero a junio 2009 para el segundo, en septiembre de ese año, y así sucesivamente.

La primera fórmula de Movilidad Previsional, al caer el sistema de AFJP,  incluía los incrementos salariales -Ripte e IS, el que resulte mayor-, y la variación de la recaudación tributaria de la Anses por beneficiario para el período en cuestión, en proporciones iguales
La primera fórmula de Movilidad Previsional, al caer el sistema de AFJP, incluía los incrementos salariales -Ripte e IS, el que resulte mayor-, y la variación de la recaudación tributaria de la Anses por beneficiario para el período en cuestión, en proporciones iguales

El sistema, que vino a cambiar el régimen vigente que era mixto entre el tradicional de Reparto (la Anses distribuye lo que recauda entre los trabajadores aportantes en forma directa y más la contribución del 16% de los empleadores) y el de Capitalización a través de las AFJP (Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones) que se rigió desde julio 1994, a través de la Ley 24.241, bajo la primera presidencia de Carlos Menem, y se eliminó en 2007, rigió hasta marzo de 2018, cuando es modificada durante el gobierno de Mauricio Macri.

El sistema de movilidad vino en 2008 a cambiar el régimen que era mixto entre el tradicional de Reparto y el de Capitalización a través de las AFJP que se eliminó en la primera presidencia de Cristina Fernández de Kirchner

La fórmula determinaba el aumento de las jubilaciones sobre la base de los incrementos salariales (Remuneración Imponible para el Trabajador Estable -Ripte- en los últimos 12 meses, según declaración jurada del empleador a la Anses) y el Índice de Salarios del Indec, el que resulte mayor, y de la recaudación tributaria de la Anses por beneficiario para el período en cuestión, en proporciones iguales.

En diciembre de 2017, bajo 14 toneladas de piedras, el Congreso aprueba un cambio, a través de la Ley 27.426, al disponer indexar las jubilaciones sobre la base de la variación de los salarios en un 30% (IS del Indec o Ripte, el que resultare mayor) y de la inflación 70%, con periodicidad trimestral a partir de marzo 2018. Como en el caso anterior, se estableció que “En ningún caso la aplicación de dicho índice podrá producir la disminución del haber que percibe el beneficiario”.

En diciembre de 2017, bajo 14 toneladas de piedras, el Congreso aprueba un cambio, a través de la Ley 27.426, al disponer indexar las jubilaciones sobre la base de la variación de los salarios en un 30% (IS del Indec o Ripte, el que resultare mayor) y de la inflación 70%, con periodicidad trimestral, y un rezago de tres meses
En diciembre de 2017, bajo 14 toneladas de piedras, el Congreso aprueba un cambio, a través de la Ley 27.426, al disponer indexar las jubilaciones sobre la base de la variación de los salarios en un 30% (IS del Indec o Ripte, el que resultare mayor) y de la inflación 70%, con periodicidad trimestral, y un rezago de tres meses

En ese momento, el experto en temas previsionales, Daniel Marcu, alertó que “El cambio podía parecer positivo, pero al momento de entrar en vigor los jubilados ya tenían devengada la movilidad del último semestre del 2017 de 14,5%, pero quedó sin efecto y sólo se le reconoció a los jubilados solo un trimestre (6%), posponiendo el otro trimestre para junio, con el propósito del gobierno de obtener un ahorro fiscal”.

Sobre esa base, ya bajo la presidencia de Alberto Fernández, reglamenta el 2 de enero 2021 la nueva Ley de Movilidad Previsional 27.609 que el Congreso había sancionado el 29 de diciembre 2020 y publicada en el Boletín Oficial el 4 de enero 2021, el cual mantiene los ajustes trimestrales en marzo, junio, septiembre y diciembre, pero con la fórmula original de 2008: mitad variación salarial y mitad variación de los Recursos Tributarios de la Anses por beneficiario.

Sin embargo, al quitar el componente inflacionario, en una economía con crecientes desequilibrios en la macroeconomía que llevó al exceso de emisión de pesos por parte del Banco Central para financiar al fisco, provocó daños tremendos en el poder adquisitivo de los jubilados, coincidieron en destacar expertos en el tema como Daniel Marcu, Nuria Susmel, Alfredo Bernabei, Andrea Falcone, Eugenio Semino, Adrián Tróccoli, Nadín Argañaraz, entre muchos otros.

Quitar el componente inflacionario desde 2021, en una economía con crecientes desequilibrios en la macroeconomía, provocó daños tremendos en el poder adquisitivo de los jubilados

Aunque la situación no es la misma para todos, por la existencia de bonos / refuerzos discrecionales para los perceptores de menores ingresos, que en gran parte ingresaron al sistema por leyes especiales y moratorias, no sólo sin aportes suficientes, sino incluso sin haber trabajado ni en blanco ni en negro -Amas de Casa y Adultos Mayores, entre otros-, de las estadísticas oficiales surge que los haberes base han quedado muy por debajo de cualquier estimación del valor de la canasta básica total del adulto mayor.

Cómo es en el resto del mundo

Andrea Falcone - abogada especializada en Previsión Socia- había escrito en Infobae el 12 de enero de 2020 que “En los últimos diez años numerosos países han implementado reformas para garantizar la sustentabilidad de los sistemas previsionales a largo plazo. Cuando hablamos de reforma jubilatoria el punto de mayor relevancia parece ser la edad en la cual los trabajadores pueden retirarse. No obstante, la edad es solo uno de los elementos de la reforma, aunque quizás el más sensible políticamente. La movilidad de las prestaciones ha sido una de las cuestiones a abordar”.

El presidente ALberto Fernández inaugura el sistema de bonos complementarios para la mínima al inicio de la pandemia de Covid-19, en marzo 2020 y a fin de ese año impulsa el cambio de la fórmula de Movilidad, y vuelve a la original, sin inflación, aunque mantiene la periodicidad trimestral
El presidente ALberto Fernández inaugura el sistema de bonos complementarios para la mínima al inicio de la pandemia de Covid-19, en marzo 2020 y a fin de ese año impulsa el cambio de la fórmula de Movilidad, y vuelve a la original, sin inflación, aunque mantiene la periodicidad trimestral

Y destacaba: “Entre las medidas más frecuentes hemos encontrado la modificación del mecanismo de indexación de los haberes. La tendencia ha sido siempre a la baja, especialmente cuando se trata de países con problemas fiscales. Países como Austria, Grecia y Portugal han abandonado los sistemas de ajustes automáticos, salvo para quienes tienen ingresos más bajos. Portugal incluso ha eliminado los aguinaldos para los de mayores haberes. La República Checa ha modificado los mecanismos de indexación para limitar los futuros incrementos en las prestaciones. Alemania, por su parte, suspendió los planes de mejora de haberes y, para evitar una mayor presión en el presupuesto, suspendió en 2009 una disminución que tenía programada para los aportes patronales”.

Resulta indiscutible que el mecanismo de ajuste más utilizado es el índice de precios. En el caso de Europa solo cinco países han optado por una fórmula que combina inflación y tasa de crecimiento (Falcone)

Y agregaba Falcone: “Resulta indiscutible que el mecanismo de ajuste más utilizado es el índice de precios. En el caso de Europa solo cinco países han optado por una fórmula que combina inflación y tasa de crecimiento (República Checa, Estonia, Finlandia, Eslovenia y Suiza). Algunos países tienen incluso una indexación progresiva, otorgando mayores incrementos a los segmentos más vulnerables. En la mayoría de los sistemas quienes más ganan han sido los más afectados por las reformas. En Grecia, México y Portugal, por ejemplo, las nuevas jubilaciones de los trabajadores con mayores ingresos serán la mitad de lo que hubieran sido antes de la reforma. Por su parte, en Austria, Italia, Japón y Finlandia también han reducido casi un cuarenta por ciento los futuros haberes jubilatorios para el sector con mayores ingresos”.

Reforma de fondo de las obligaciones de la Anses

Desarmar la “mamushka” del sistema previsional, como lo definió José Luis Espert, diputado y presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara baja, para poder dotarlo de transparencia y de los recursos necesarios para que pueda cumplir con el mandato de constitucional de garantizarle al jubilado que cumplió con los años de aportes y la edad mínima para el retiro un haber equivalente a 82% del que recibe quien en la actualidad desempeña una actividad similar, requiere de un consenso legislativo y de los principales actores que no parece formar parte del debate.

Hay que desarmar la “mamushka” del sistema previsional, dijo José Luis Espert, diputado y presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara baja, para poder dotarlo de transparencia y de los recursos necesarios para que pueda cumplir con el mandato de constitucional (NA)
Hay que desarmar la “mamushka” del sistema previsional, dijo José Luis Espert, diputado y presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara baja, para poder dotarlo de transparencia y de los recursos necesarios para que pueda cumplir con el mandato de constitucional (NA)

Es que el Sistema de la Seguridad Social se lo considera sinónimo de prestaciones de jubilaciones y pensiones, pero su alcance real se extiende a cubrir las necesidades básicas de gran parte de la población, como la incorporación de adultos mayores a través de moratorias especiales y persistentes; beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo; subsidios por discapacidad laboral, y también por desempleo y planes asistenciales para acceder al trabajo, entre otros, pese a que no cuenta con los recursos monetarios suficientes, no obstante contar con transferencias directas de la Administración de parte de los impuestos que recauda: “se transformó en una caja de subsidios”, dijo en la última semana el vocero presidencial Manuel Adorni.

Así llegó a absorber en la actualidad más de un tercio del gasto primario de la Administración (34,5%) y formar parte reiteradamente de los “planes de ajustes” de las finanzas públicas, no sólo de todos los gobiernos, y el actual no parece la excepción, al punto que estimó una baja real equivalente a 0,4% del PBI para 2024, sino probablemente de próximas generaciones, a juzgar por el pensamiento de muchos legisladores y de los economistas que los asesoran.

Sin embargo, esas políticas “nefastas” e “insensibles” para uno de los sectores más vulnerables de la población, si se decidiera avanzar firmemente a desarmar la “mamushka” del gasto en cabeza de Anses, no sólo depurando los pagos a fallecidos; duplicaciones en la asignación de planes sociales; cómo verificar la realidad de la existencia de más de 1,2 millones de personas con asistencia por invalidez, posibilitaría alcanzar más temprano que tarde el mandato constitucional.

La base de datos del Ministerio de Economía, a partir del Boletín de Estadísticas de la Seguridad Social, da cuenta de que entre 2003 y 2014 (gobiernos de Néstor Kirchner y Cristina Fernández de Kirchner) la asistencia previsional por invalidez creció a un ritmo ininterrumpido con tasas interanuales consecutivas de dos dígitos porcentuales altos: pasó de 81.539 personas a 1.065.241 (equivalente a 26,3% acumulativo por año), sin que se registraran catástrofes, guerras ni crisis sanitarias extraordinarias.

Entre 2003 y 2014 (gobiernos de Néstor Kirchner y Cristina Fernández de Kirchner) la asistencia previsional por invalidez creció de 81.539 personas a 1.065.241, a un ritmo de 26,3% acumulativo por año

Luego se estabilizaron y llegaron a disminuir levemente en algunos años, pero vuelve a acelerarse a partir de 2021, cuando sube 4,8%, casi cinco veces la tasa de crecimiento vegetativa de la población, 5,1% en 2022 y 6,6% en 2023, bajo la presidencia de Alberto Fernández que deja un total de perceptores de subsidios por invalidez 1.215.548 personas.

Con esas revisiones y ajustes de fondo de los cargos en cabeza de Anses no son pocos los economistas que consideran factible ingresar en un sendero virtuoso de recuperación real de los haberes de los jubilados y pensionados, en particular los que ingresaron y se sumarán al sistema por la vía de cumplir con las exigencias mínimas legales de años de aportes y edad, sin que se afecte el objetivo de mantener las finanzas públicas sin déficit, porque paralelamente aumentarán los ingresos reales de los trabajadores y la cantidad de aportantes al Sistema Integrado Previsional Argentino.

Únicamente quiénes no esperan apoyo legislativo para una reforma de fondo del sistema previsional y del mercado laboral, y por tanto el ingreso en un ciclo virtuoso de estabilización y crecimiento de la economía, recomiendan mantener fórmulas de movilidad previsional que aseguren el ajuste con rezago frente a la inflación para no acentuar el ya abultado peso de esa partida en el Presupuesto Nacional.

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