Créditos a tasa cero: la AFIP detalló cómo pueden solicitar el dinero los monotributistas

Cómo es el paso a paso para solicitar el préstamo, para todos aquellos que estén adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes

La AFIP detalló el paso a paso para los créditos a tasa cero

El Gobierno precisó cómo tienen que hacer los monotributistas de las diferentes categorías para poder solicitar los créditos a tasa cero de hasta 150.000 pesos que ofrece el Gobierno, los cuales tendrán un plazo de gracia de 6 meses y podrán ser devueltos en doce cuotas sin interés. Los detalles se informaron a través de la Resolución General 5058/2021, publicada este viernes en el Boletín Oficial.

Con la firma de su titular, Mercedes Marcó del Pont, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) explicó que los interesados deberán hacer el trámite a través de la página web del organismo, ingresando con Clave Fiscal habilitada con nivel de seguridad 2, como mínimo.

Dentro de este sitio, la persona tendrá que ingresar al servicio denominado “Crédito Tasa Cero”, a través del portal “Monotributo” (https://monotributo.afip.gob.ar). Para esto, será necesario contar con un Domicilio Fiscal Electrónico y cumplir con una serie de requisitos.

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El paso a paso para iniciar la solicitud

a) Ingresar hasta el 31 de diciembre de 2021 al servicio web “Crédito Tasa Cero”.

b) Ingresar el importe del crédito que solicita. A tal efecto, el sistema le indicará los montos mínimo y máximo del crédito susceptible de ser otorgado, en función de la categoría en la que el pequeño contribuyente se encontraba encuadrado al 30 de junio de 2021.

c) Informar una dirección de correo electrónico de contacto.

d) Seleccionar la entidad bancaria a ser utilizada para la tramitación del crédito solicitado.

Una vez que reciba el pedido, la AFIP verificará las condiciones de elegibilidad, comprobará que no se trata de un sujeto excluido y pondrá toda la información a disposición del Banco Central. En caso de no resultar procedente, el sistema indicará al contribuyente los motivos por los cuales se deniega la solicitud.

Por el contrario, si es aprobado, los pequeños contribuyentes podrán tramitar el préstamo ante la entidad bancaria seleccionada hasta el 20 de enero de 2022, inclusive.

La AFIP analizará las solicitudes y aprobará o rechazará los créditos (Foto: AFIP)

Por último, se aclaró que si el beneficiario tiene una deuda por un crédito anterior obtenido en el marco del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), el sistema indicará, al banco que le otorgará el nuevo, el importe total adeudado.

De esta manera, una vez efectuado el pago del crédito a tasa cero, el monto será utilizado para la cancelación del monto adeudado en nombre del contribuyente, quien podrá gozar libremente del saldo remanente en caso de existir.

El jueves, el Ministerio de Desarrollo Productivo comunicó los requisitos que deberán cumplir los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) para poder acceder a este préstamo, y las condiciones de financiamiento bajo las cuales se otorgarán.

Lo hizo mediante otra Resolución, en la que aclaró que sería la AFIP la que implementaría la medida fijando el monto máximo del crédito que depende de la categoría de monotributo al 30 de junio de este año, es decir, antes de que opere la recategorización de la escala. En efecto, para la categoría A, el préstamo es hasta 90 mil pesos; para la categoría B, hasta 120 mil pesos; y el resto de las categorías tendrán un tope máximo de 150.000 pesos. Los solicitantes de cualquiera de las categorías en la que revistan, deberán solicitar al menos, la suma de 10.000 pesos.

Las financiaciones contarán con un plazo total de 18 meses contados a partir de su acreditación en la tarjeta de crédito del monotributista, incluido el período de gracia de seis meses. Los créditos podrán ser solicitados a través de la página web de la AFIP hasta el 31 de diciembre de 2021. Por su parte, las entidades financieras podrán recibir solicitudes de interesados hasta el 20 de enero de 2022.

Entre los considerandos de la nueva Resolución publicada este viernes, el Gobierno señaló que cuando se creó el programa se autorizó al organismo conducido por Marcó del Pont “a dictar las normas operativas que permitan que los beneficiarios accedan al Crédito a Tasa Cero 2021 y a realizar las verificaciones de las solicitudes presentadas por dichos sujetos y la información remitida por el Ministerio de Desarrollo Productivo”.

En este sentido, se remarcó que era necesario avanzar con el mecanismo de inscripción para que “los beneficiarios se registren e ingresen los datos necesarios que el sistema requiera, para que las entidades bancarias procedan a otorgar el crédito solicitado”.

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