El Gobierno de Abelardo de la Espriella activará un plan piloto para volver a la fumigación aérea de cultivos de coca, aunque con requisito considerado crucial en este objetivo para la erradicación de cultivos ilícitos: que se adelante sin glifosato, debido a las estrictas exigencias de la Corte Constitucional en relación con esta sustancia que están orientadas a proteger la salud y el medio ambiente en el territorio nacional.
De acuerdo con la información de Valora Analitik, el Ejecutivo reanudará la aspersión sin usar este compuesto, sino glufosinato de amonio, y su alcance quedará restringido a una fase experimental de hasta siete días y 1.000 hectáreas antes de cualquier decisión sobre una eventual aplicación nacional. Así quedó consignado en la resolución del Consejo Nacional de Estupefacientes, fechada el 18 de agosto de 2026.
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La misma fue publicada en el Diario Oficial el 8 de septiembre y ordena una prueba “controlada, limitada, temporal y evaluable” con aspersión aérea mediante aeronave tripulada. A su vez, fija que la operación se hará en un solo departamento, dentro del radio operacional cercano a una instalación de la fuerza pública, y mantiene bajo reserva legal las coordenadas y las rutas de sobrevuelo que se efectúe en estas zonas.
Según el medio, el ensayo podría desarrollarse en Putumayo durante la segunda semana de septiembre. El motivo para esta decisión está justificado, por parte del Gobierno, en que Colombia cerró 2024 con 261.000 hectáreas de coca y, entre 2023 y 2024, la erradicación manual forzosa cayó 54%, al pasar de 20.325 a 9.403 hectáreas intervenidas. Datos en su momento fueron desmentidos por el anterior Gobierno.
Gobierno hará prueba piloto para definir plan de aspersión aérea de cultivos ilícitos
La resolución precisó que el objetivo inmediato no es restablecer un programa general, sino producir información técnica para definir si esa política puede volver. En ese punto, la resolución señala que el plan piloto busca “obtener evidencia científica verificable sobre su eficacia, precisión, deriva, riesgos e impactos en salud y ambiente y suficiencia de las medidas de manejo” sobre las aspersiones que se llevarán a cabo.
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La norma, en consecuencia, indica que la medida “no equivale a la reanudación, adopción o autorización definitiva de un programa de alcance general o nacional”. La misma fue firmada por Carlos Gónima Díaz-Granados, viceministro de Política Criminal y Justicia Restaurativa y presidente del Consejo Nacional de Estupefacientes, y la secretaria técnica Linda Giselle Suárez, que con ello trazaron una hoja de ruta.
Según información de Valora Analitik, la prueba será ejecutada por la Dirección de Antinarcóticos de la Policía Nacional, que asumirá los costos de insumos, horas de vuelo y logística institucional. Al cierre de la intervención, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla) y el Instituto Nacional de Salud deberán entregar un informe técnico al Consejo en un plazo máximo de 60 días, con el fin de tomar decisiones.
¿Cuál es el compuesto químico que se usará en las aspersiones piloto?
La decisión oficial autoriza como sustancia activa el Glufosinato de Amonio 200 SL, un producto que ya tenía aval de la Anla para erradicación terrestre y que ahora será sometido a evaluación técnica desde el aire. En la resolución, se indicó que la aspersión se hará en una aeronave tripulada, con un producto que no tendría impacto en los terrenos, pues no es absorbido por las raíces, aunque tiene ciertas restricciones en su uso.
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Y es que la elección de este compuesto, ajeno al glifosato no pasó desapercibido. En específico, porque el herbicida es considerado por la Organización Mundial de la Salud como clase II, “moderadamente peligroso”, mientras que el glifosato figura en la clase III como “ligeramente peligroso”; es decir, una categoría de riesgo superior a la del químico que fue usado durante más de una década para este objetivo.
En la resolución, se prohibió cualquier intervención en áreas protegidas, parques naturales, páramos, humedales, cuerpos de agua, centros poblados, escuelas, puestos de salud y territorios de comunidades indígenas y afrodescendientes. También se estableció que las zonas elegidas no podrán incluir resguardos indígenas ni comunidades afrodescendientes sin consulta previa, a manera de salvaguarda legal.
Con este panorama, el plan piloto tendrá una duración operacional máxima de siete días calendario y “un cupo máximo acumulado de 1.000 hectáreas efectivamente tratadas, contados desde la fecha del acta de inicio”. De la misma forma, las operaciones deberán detenerse “ante lluvia, inversión térmica, pérdida de trazabilidad, fallas, proximidad a exclusiones o cualquier circunstancia que incremente la deriva o el riesgo”.
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