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Miembros de las Fuerzas Militares podrían votar en Colombia: este es el proyecto que se presentó ante el Congreso

La iniciativa plantea cambiar el artículo 219 de la Constitución, que hoy impide el sufragio a militares y policías en servicio, y abre de nuevo el debate sobre la neutralidad política

El trámite legislativo busca levantar una restricción incorporada por la Ley 72 y mantenida en 1991, y deberá iniciar en la Comisión Primera del Senado, que tiene 22 integrantes - crédito @GermanRSenador/X

El senador Germán Rodríguez radicó en el Senado un proyecto de acto legislativo para que militares y policías en servicio activo puedan votar, una reforma que reabre un debate vigente desde hace décadas y que toca uno de los principios centrales del artículo 219 de la Constitución: la neutralidad política de la fuerza pública y su subordinación al poder civil.

La iniciativa deberá pasar por la Comisión Primera del Senado, integrada por 22 miembros, aunque 21 son elegidos por la plenaria. Allí comenzará el trámite de una propuesta que busca modificar una prohibición constitucional que se mantiene desde 1930 por medio de la Ley 72 y que la Constitución de 1991 conservó.

La propuesta fue presentada por Rodríguez en su primer día como senador de la República. El congresista, exinfante de Marina y miembro del partido Salvación Nacional, sostuvo que el proyecto pretende reconocer un derecho que, a su juicio, les ha sido negado a los uniformados.

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“Que voten. Nosotros no somos ciudadanos de segunda. En muchos países también votan los uniformados”, afirmó el senador.

La reforma sobre el voto de la fuerza pública busca modificar el artículo 219 de la Constitución, que prohíbe el sufragio de los uniformados activos - crédito Sergio Acero/Reuters

La restricción que el proyecto pretende modificar está contenida en el artículo 219 de la Constitución Política de Colombia. Esa norma establece que la fuerza pública no es deliberante y que sus miembros no pueden ejercer la función del sufragio mientras permanezcan en servicio activo, ni intervenir en actividades o debates de partidos o movimientos políticos.

El texto constitucional dice: “La Fuerza Pública no es deliberante; no podrá reunirse sino por orden de autoridad legítima, ni dirigir peticiones, excepto sobre asuntos que se relacionen con el servicio y la moralidad del respectivo cuerpo y con arreglo a la ley. Los miembros de la Fuerza Pública no podrán ejercer la función del sufragio mientras permanezcan en servicio activo, ni intervenir en actividades o debates de partidos o movimientos políticos”.

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Esa prohibición responde al propósito de preservar la imparcialidad de las instituciones armadas y evitar que sus funciones se vean influidas por intereses partidistas. El punto de fondo no es solo electoral: también involucra la unidad de mando y el carácter no deliberante de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.

El abogado constitucionalista Enrique Parra explicó, en declaraciones a Cambio, que la norma es clara al impedir que cualquier integrante de las Fuerzas Militares o de la Policía Nacional vote mientras siga activo. Agregó que, una vez el uniformado se retira oficialmente del servicio y esa novedad es comunicada a las autoridades electorales, recupera plenamente ese derecho al ser reincorporado al censo electoral.

El proyecto sobre militares y policías en servicio activo deberá iniciar su trámite en la Comisión Primera del Senado, integrada por 22 miembros - crédito@COL_EJERCITO/X

Parra resumió así el alcance de la restricción: “En términos generales, esta disposición busca evitar que las instituciones encargadas de garantizar el orden público y la seguridad nacional puedan verse influenciadas por intereses políticos o partidistas”.

La discusión no es nueva en el Congreso. En 2023, Germán Blanco Álvarez, del Partido Conservador, y Juan Manuel Cortés Dueñas, de la Liga de Gobernantes Anticorrupción, presentaron una proposición para permitir el voto de los miembros activos de la fuerza pública, pero esa iniciativa se hundió.

Rodríguez volvió a poner el asunto sobre la mesa al anunciar, en un video difundido días después de asumir su curul, que había presentado un paquete de 15 proyectos de ley. Entre ellos incluyó la idea de que “militares y policías activos deben votar como en prácticamente todo el mundo”.

En esa grabación afirmó además que los uniformados no son “ciudadanos de segunda” y señaló que en Estados Unidos pueden votar para elegir presidentes y senadores. También sostuvo que habilitar el sufragio no implicaría permitirles hacer política.

Para el analista político Andrés Valenzuela, la restricción no busca vulnerar derechos de los integrantes de la fuerza pública, sino evitar choques entre la función militar y los intereses electorales. “La Constitución es clara al establecer que las Fuerzas Militares y la Policía tienen la misión de proteger a todos los ciudadanos, sin importar sus preferencias políticas. Permitir su participación electoral podría generar cuestionamientos sobre su imparcialidad”, explicó.

El medio citado también recogió la voz de un excomandante de las Fuerzas Militares que habló bajo reserva y defendió la idea de que los uniformados, por ser ciudadanos, deberían poder elegir a sus gobernantes. Según esa fuente, en países como Brasil, Perú, Chile, Argentina y México militares y policías pueden votar bajo condiciones estrictas de neutralidad y sin participar en actividades partidistas.

Enrique Parra advirtió que permitir el sufragio de militares y policías activos podría afectar la unidad de mando y la neutralidad política de la fuerza pública. Enrique Parra advirtió que permitir el sufragio de militares y policías activos podría afectar la unidad de mando y la neutralidad política de la fuerza pública - crédito @PoliciaColombia / X

Parra recordó además que la Corte Constitucional, en la Sentencia C-872 de 2003, reiteró que la fuerza pública tiene la misión de servir a la comunidad, garantizar la efectividad de los derechos y deberes constitucionales, defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica.

A juicio del jurista, Colombia no está preparada para habilitar ese voto en servicio activo. “Permitir el sufragio podría debilitar el principio de unidad de mando y abrir la puerta a que las instituciones armadas sean percibidas como actores políticos. El derecho al voto podría derivar en presiones para participar en manifestaciones o actividades partidistas, lo que afectaría el carácter no deliberante de la fuerza pública”, sostuvo.

Una advertencia similar planteó el historiador Carlos García, quien considera que una reforma de este tipo alteraría uno de los principios sobre los que ha operado la fuerza pública en Colombia. Según su lectura, si los uniformados obtienen ese derecho, podrían multiplicarse los cuestionamientos sobre su imparcialidad y debilitarse la neutralidad política que hoy protege la Constitución.

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