La declaración de renta de personas naturales en Colombia permite reducir legalmente el impuesto con aportes voluntarios a pensión, cuentas AFC, deducciones por dependientes y compras con factura electrónica, pero buena parte de esos alivios pasa desapercibida y esa falta de planeación puede hacer que un contribuyente pague más de lo necesario dentro de un sistema que además impone topes estrictos.
La mayoría de las rentas exentas y deducciones de la cédula general no puede superar el 40% de la renta líquida y, en todo caso, tiene un máximo de 1.340 UVT al año. Para el año gravable 2025, ese tope equivale a $66.730.660.
Según explicó Lisandro Junco, exdirector de la Dian, el problema no es solo técnico. “La mayoría de las personas no usan todo este menú que existe porque piensan que el sistema tributario colombiano es un sistema donde a mayor ingreso, mayor tarifa y punto. Pero aquí hay que hacer una planeación inteligente de las finanzas personales”, dijo el exfuncionario en declaraciones a La República.
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En términos prácticos, los beneficios tributarios son mecanismos previstos en el Estatuto Tributario para disminuir la base sobre la que se calcula el impuesto de renta. El esquema incluye deducciones, rentas exentas e ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional, cada uno con reglas y límites propios.
Uno de los incentivos menos usados es la deducción equivalente al 1% de las compras realizadas con factura electrónica. Andrés Felipe Tovar, docente de Contaduría Pública de UCompensar, advirtió que muchos contribuyentes no solicitan que el documento quede expedido a su nombre y terminan registrados bajo el rótulo genérico de consumidor final.
Tovar resumió el problema así: “Muchos contribuyentes no piden que les emitan la factura electrónica a nombre propio; si ellos se fijan en su tirilla de documento electrónico, no salen sus datos, sino un titular genérico llamado consumidor final. Ahí desaprovechan la oportunidad para descontar”, expresó al medio citado.
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Otro beneficio de uso frecuente en teoría, pero rezagado en la práctica, son los aportes voluntarios a fondos de pensiones y las cuentas AFC para ahorro de vivienda. Ambos sirven como instrumento de ahorro de largo plazo y también permiten disminuir la base gravable dentro de los límites establecidos por la ley.
Carlos Huertas, CFO de Siigo Latam, señaló que la confusión suele empezar con los aportes obligatorios. “Aunque parece algo muy utilizado, en la práctica los aportes a AFP y AFC tienden a rezagarse porque exige más conocimiento y porque mucha gente no la diferencia de sus aportes obligatorios a pensión; creen que ya está cubierto por lo que le descuentan del salario y no sabe que puede aportar voluntariamente algo adicional, lo que le permite hacer deducciones”, dijo a La República.
La lógica de estos alivios parte de una idea simple: no todo ingreso termina sometido al impuesto. La renta líquida se calcula después de restar ingresos exentos, deducciones y algunos costos o gastos permitidos, y esa reducción puede cambiar de forma sustancial el resultado final de la declaración.
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En el caso de los aportes voluntarios a pensión, el límite es de hasta el 30% de los ingresos laborales y un máximo de 3.800 UVT, cerca de $189 millones en 2025, aunque en ciertos casos también queda sometido al límite general de 1.340 UVT. Las cuentas AFC tienen ese mismo umbral y exigen que los recursos se destinen a compra de vivienda, hipotecas o leasing habitacional.
La deducción por dependientes (hijos, cónyuge o compañero permanente, padres o hermanos y parientes de crianza) también figura entre las herramientas relevantes para personas naturales. El esquema general permite deducir hasta 32 UVT mensuales por cada dependiente, con un máximo de cuatro, y existe además una deducción adicional de 72 UVT por cada uno, también hasta cuatro, que aplica para trabajadores.
Los pagos de medicina prepagada y otros planes de salud privados también pueden descontarse. El límite es de hasta 16 UVT mensuales por persona protegida, equivalentes a cerca de $796.000 al mes en 2025 y $838.000 en 2026.
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Según Simón González, COO de Tributi, otra posibilidad menos extendida aparece en las inversiones en fuentes no convencionales de energía o en proyectos de gestión eficiente de energía. La norma permite deducir hasta el 50% del valor invertido durante un plazo de hasta 15 años, siempre que se cumplan los requisitos y exista certificación de la Upme.
González explicó por qué ese mecanismo tiene un uso reducido: “Este beneficio se usa menos porque no aplica para todos los contribuyentes, requiere una inversión inicial importante, exige certificaciones y suele necesitar más acompañamiento técnico y tributario para aplicarlo correctamente”, explicó al medio citado.
El mismo ejecutivo advirtió que acumular beneficios no garantiza un ahorro adicional si el contribuyente ya agotó el tope global. “Una persona puede agotar ese límite solo con beneficios como la renta exenta laboral del 25%, dependientes, medicina prepagada u otras deducciones. Cuando eso pasa, hacer aportes adicionales a AFC o pensiones voluntarias puede no generar un ahorro tributario adicional, aunque puede seguir teniendo sentido como herramienta de ahorro o planeación financiera”.
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Ese 25% de renta exenta sobre los ingresos laborales es, de hecho, uno de los pocos alivios que suele aparecer con frecuencia en las declaraciones.
Aun así, se señala que muchos contribuyentes dejan por fuera otros mecanismos por desconocimiento, por preferir liquidez inmediata o por no ordenar durante el año los soportes que luego exige la declaración.