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Gobierno Petro propuso nuevas reglas para el consumo del servicio de gas en Colombia: los pagos se podrían hacer en dólares

Dos iniciativas regulatorias buscan impulsar más alternativas energéticas, ampliar el acceso de agentes y optimizar la operación de infraestructuras estratégicas en el país

En Colombia, más de 36 millones de personas utilizan gas natural, según el DNP - crédito Vanti

La Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg) dio a conocer los proyectos de resolución 702 023 y 702 024 de 2026, relacionados con las infraestructuras contempladas en el Plan de Abastecimiento de Gas Natural. En la propuesta se fijaron reglas de remuneración para soluciones con pagos recurrentes en dólares y condiciones de acceso a los servicios que prestarán esas infraestructuras. El esquema busca fortalecer la seguridad de abastecimiento, la competencia y el uso eficiente de estos activos estratégicos.

Con la iniciativa, la entidad acompaña el desarrollo de las soluciones definidas en el plan y fija reglas para que la infraestructura opere con criterios de eficiencia económica, libre acceso, transparencia y competencia, en beneficio de los usuarios.

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Al respecto, la experta comisionada de la Creg, Adriana Jiménez, explicó el alcance de la medida. “La infraestructura por sí sola no garantiza el abastecimiento. Para que esto suceda se requieren reglas claras sobre cómo se remunera y cómo se accede a ella”, dijo la experta. Anotó que “estos proyectos construyen ese marco regulatorio para que las infraestructuras de regasificación operen con criterios de eficiencia, libre acceso y competencia, fortaleciendo la seguridad energética del país”.

Colombia empezó a importar gas en diciembre de 2024, luego de más de 40 años de autosuficiencia - crédito Enercer S.A.

Cómo funcionaría la remuneración de las plantas de regasificación

El proyecto de resolución 702 023 de 2026 propone un esquema de remuneración ajustado a la realidad económica de las soluciones de regasificación desarrolladas mediante Unidades Flotantes de Almacenamiento y Regasificación (Fsru). La entidad indicó que la estructura de costos difiere de la de otras infraestructuras tradicionales.

La propuesta plantea que, cuando los costos de operación pesan más que los costos de capital, la remuneración regulada debe reflejar esa realidad. Según el documento, el diseño permite asignar de forma más eficiente los riesgos económicos, se ajusta a la estructura real de costos de estos proyectos y envía señales regulatorias para el desarrollo de las infraestructuras previstas en el Plan de Abastecimiento de Gas Natural.

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Reglas de acceso al servicio y a la compra de gas natural licuado

El proyecto de resolución 702 024 de 2026 propone reglas para:

  • Asignación de los servicios de regasificación bajo principios de libre acceso.
  • Transparencia y uso eficiente de la capacidad disponible.
  • Acceso tanto a los servicios de regasificación como al suministro de gas natural licuado.

La iniciativa incorpora un mecanismo de agregación de demanda mediante una figura de mandato. Con esa herramienta, distintos agentes podrán consolidar los requerimientos para facilitar la compra de gas natural licuado en mercados internacionales, donde con normalidad se negocian grandes volúmenes.

De igual manera, la propuesta busca facilitar el acceso de usuarios y comercializadores cuyas necesidades individuales no alcanzarían la escala suficiente para participar de manera directa en esos mercados. Además, pretende promover un mayor aprovechamiento de la infraestructura y ampliar las alternativas de abastecimiento para el país.

Asimismo, la Creg sostiene que las reglas deben garantizar que las infraestructuras del plan operen con acceso abierto y no discriminatorio. También señala que una infraestructura financiada mediante cargos regulados debe generar el mayor beneficio posible para toda la demanda.

Antonio Jiménez es el director ejecutivo de la Creg - crédito Creg

Plazos para comentar los proyectos de la Creg

Los documentos soporte y los proyectos de resolución están disponibles en el portal web de la Creg para consulta pública y tienen los siguientes tiempos:

  • Observaciones al proyecto de resolución Creg 702 023 de 2026 podrán presentarse durante diez días hábiles contados a partir de su publicación.
  • Comentarios al proyecto de resolución Creg 702 024 de 2026 podrán remitirse durante 15 días hábiles, conforme a los plazos establecidos en el acto de publicación.

El canal para recibir las observaciones sobre ambos proyectos es el correo electrónico creg@creg.gov.co.

Al respecto, el director de la Creg, Antonio Jiménez Rivera, afirmó que “con estos proyectos regulatorios, la Creg avanza en la consolidación del primer marco regulatorio integral aplicable a las infraestructuras de regasificación del Plan de Abastecimiento de Gas Natural. Dijo que ”las propuestas articulan reglas coherentes y ajustadas a la realidad, sobre remuneración, acceso y utilización de estos activos estratégicos, fortaleciendo la seguridad de abastecimiento, la eficiencia económica y la competencia en el mercado de gas natural”.

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