
La gobernadora del Meta y presidenta de la Federación Nacional de Departamentos (FND), Rafaela Cortés Zambrano, respaldó públicamente la iniciativa del presidente electo Abelardo de la Espriella de realizar su posesión presidencial en una región del país, el 7 de agosto de 2026.
Sin embargo, la líder departamental propuso como sede la Base Aérea de Apiay, en el departamento del Meta, a través de una carta que compartió con sus seguidores en redes sociales.
Cortés Zambrano aseguró que llevar la ceremonia fuera de Bogotá sería un “homenaje a las regiones”, a la fuerza pública y a millones de colombianos que, dijo, han esperado sentirse más cerca del Estado.
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“Los congresistas representan a los territorios antes que a un edificio”, afirmó, e invitó al Senado y a la Cámara a acompañar una decisión que, en su opinión, podría convertirse en uno de los símbolos más poderosos del “nuevo comienzo” de Colombia.

La gobernadora también informó que remitió una carta al Congreso de la República para sustentar su propuesta y pedir que se valore el gesto como un mensaje institucional de alto impacto.
En la misiva, la presidenta de la FND insistió en que los legisladores representan precisamente a esas regiones “que durante tanto tiempo han esperado sentirse más cerca de las decisiones nacionales” y sostuvo que, si el Congreso avala el traslado, no solo se posesionaría a un presidente, sino que se enviaría un mensaje de reconocimiento a los territorios como “el corazón de las decisiones nacionales”.
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En ese contexto, citó el trabajo de la estrategia Las Regiones Proponen y el Libro Blanco de las Regiones como insumos de una agenda construida desde lo local, con “soluciones, proyectos y propuestas”.

La carta también acentuó el componente simbólico de realizar el acto en una guarnición militar. La gobernadora del Meta señaló que sería un homenaje a integrantes de las Fuerzas Militares y de Policía que han protegido la democracia “desde los territorios más difíciles del país” y valoró la “sensibilidad” del presidente electo al plantear esa posibilidad.
Sobre Apiay, la mandataria argumentó que la base representa “fortaleza, resistencia y compromiso” en una zona que aún enfrenta amenazas de grupos armados ilegales.
No obstante, aclaró que cualquier región que resulte elegida enviaría el mismo mensaje de “unidad, reconocimiento y esperanza”. “Hoy tienen la oportunidad de convertir un acto protocolario en un símbolo nacional”, concluyó en su llamado a los congresistas.
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Equipo de Abelardo de la Espriella pidió al Congreso aval para realizar acto de posesión fuera de Bogotá
La intención del presidente electo Abelardo de la Espriella de posesionarse fuera de Bogotá, en una guarnición militar, abrió un frente de tensión con el Gobierno saliente de Gustavo Petro.
Tras recibir una respuesta de la Casa de Nariño en la que se insiste en que el acto debe realizarse ante el Congreso en su sede principal en Bogotá —salvo que el propio Legislativo apruebe un traslado temporal—, el equipo del mandatario entrante elevó una solicitud formal para que el Congreso aclare si esa alternativa es viable.
De acuerdo con la información conocida, la petición fue dirigida a la Secretaría del Congreso y plantea que se defina si el Legislativo tiene la facultad de trasladar su sede fuera de Bogotá para el acto de posesión.
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En la comunicación, el equipo de De la Espriella pidió al secretario del Senado, Diego Alejandro González, “confirmar si el Congreso de la República tiene la facultad de trasladar su sede fuera de la ciudad de Bogotá y si dicha facultad puede ejercerse para el acto de posesión del presidente electo”.

Además de la discusión sobre el lugar, el equipo del presidente electo solicitó que se precise el quórum mínimo requerido para llevar a cabo la ceremonia.
La inquietud toma relevancia por la composición del nuevo Congreso que se instalará el 20 de julio de 2026 y por la posibilidad de que sectores de oposición decidan no asistir al acto, lo que podría afectar la viabilidad de una sesión de Congreso pleno.
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La solicitud también incluyó la exigencia de una explicación detallada del procedimiento que establece el reglamento del Congreso —la Ley 5 de 1992— para tramitar un eventual cambio de sede: quién puede proponerlo, ante qué instancia debe presentarse, qué mayorías y quórum se necesitan, si debe aprobarse por separado en Senado y Cámara o en sesión conjunta, y cuál sería el plazo mínimo razonable para surtir el trámite antes del 7 de agosto de 2026.
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