El domingo 21 de junio de 2026, más de 41 millones de colombianos están convocados para participar en la segunda vuelta de las elecciones presidenciales, un proceso clave para definir el futuro liderazgo del país.
La Registraduría Nacional del Estado Civil ha dispuesto nuevamente mecanismos digitales como el chatbot institucional, la aplicación ‘aVotar’ y el portal web oficial para que los ciudadanos consulten anticipadamente su lugar de votación, una herramienta vital tanto para quienes han cambiado de residencia como para quienes votan por primera vez.
Para la segunda vuelta, 40.007.312 ciudadanos están habilitados para votar en Colombia, distribuidos en 118.346 mesas en 13.489 puestos de votación (6.010 urbanos y 7.479 rurales). En el exterior, 1.414.661 personas podrán sufragar en 253 puestos habilitados en 67 países.
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La pregunta recurrente entre quienes participaron como jurados de votación el 31 de mayo es si deben repetir su función en la segunda vuelta del 21 de junio. La respuesta de la Registraduría Nacional es clara: sí, los jurados designados para la primera vuelta deben presentarse nuevamente en la segunda vuelta presidencial, salvo que la entidad realice algún cambio específico en las designaciones.
Cabe señalar que no se realiza un nuevo sorteo para la ronda definitiva; el sorteo de jurados es único para ambas jornadas electorales y sus designaciones permanecen vigentes para la segunda vuelta.
Esta continuidad en la designación obedece a la necesidad de garantizar la transparencia y la eficiencia del proceso, evitando confusiones logísticas y asegurando la presencia de jurados ya capacitados. Solo si la Registraduría realiza alguna modificación o sustitución específica, los ciudadanos serán notificados oportunamente.
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Obligaciones y sanciones para los jurados
El servicio de jurado de votación es obligatorio. Quienes no asistan sin justa causa, o abandonen la mesa, pueden enfrentar sanciones serias: los servidores públicos pueden ser destituidos, mientras que los particulares pueden recibir una multa de hasta diez salarios mínimos mensuales legales vigentes, que para 2026 equivale a $17.509.000.
Derechos y beneficios
Ser jurado de votación implica tanto deberes como derechos. El más importante es el día de descanso compensatorio remunerado, derecho consagrado en el artículo 105 del Código Electoral. Este día libre puede hacerse efectivo dentro de los 45 días hábiles posteriores a la jornada electoral, previa coordinación con el empleador, tanto en el sector público como privado.
El procedimiento para reclamarlo requiere presentar el certificado original expedido por la Registraduría ante el área de Recursos Humanos o el jefe inmediato. El empleador no puede negar el día de descanso ni descontar salario; el trabajador puede acudir al Ministerio de Trabajo si esto ocurre.
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Adicionalmente, todos los ciudadanos que votan —incluidos los jurados— tienen derecho a media jornada de descanso remunerado, a disfrutar dentro del mes siguiente a la elección y presentando el certificado electoral. Si una persona fue jurado y también votó, puede acumular ambos permisos: un día y medio de descanso.
Funciones y jornada del jurado de votación
Los jurados tienen asignados cargos de presidente, vicepresidente y vocal, mientras que otros tres actúan como suplentes. Entre sus responsabilidades están el control de la mesa, registro de votantes, entrega de tarjetas electorales, autorización del voto y vigilancia de la urna. Tras el cierre de la jornada, deben permanecer para el escrutinio de mesa, conteo de votos y entrega de formularios.
El horario para jurados inicia a las 7:30 a. m., con atención al público desde 8:00 a. m. hasta las 4:00 p. m. y labores de escrutinio hasta concluir el proceso. Es obligatorio mantener la neutralidad política y la presentación adecuada; los jurados no pueden portar prendas ni distintivos de campaña ni ejercer como testigos electorales.
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El universo de jurados incluye empleados de empresas privadas (40%), estudiantes (26%), docentes (15%), funcionarios públicos (15%) y simpatizantes de organizaciones políticas (4%). La diversidad busca garantizar imparcialidad y representatividad en cada mesa de votación.