Qué hacer si sospecha que es jurado de votación y no recibió el correo de la Registraduría: ya puede consultarlo

Aunque la entidad anunció que los datos completos de los jurados serían publicados hasta el jueves 7 de mayo, en el portal oficial ya se encuentra el módulo para verificar por número de documento

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La Registraduría Nacional habilitó la consulta de jurados de votación a 25 días de las elecciones presidenciales en Colombia - crédito Luisa González/Reuters

A menos de 30 días para que se lleven a cabo las elecciones de primera vuelta por la Presidencia de la República, la Registraduría Nacional del Estado Civil ya habilitó la página de consultas para jurados de votación.

Aunque en un principio se había hablado de que los resultados de los sorteos en Bogotá y el resto del país para celeccionar a los miles de colombianos que acompañarán las mesas de votación el domingo 31 de octubre, la entidad ya computó los resultados y podrán ser consultados a través del portal oficial.

Desde la Registraduría señalaron que es de vital importancia que los colombianos consulten si fueron seleccionados como jurados, pues la ausencia injusticada podría acarrear graves sanciones.

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Por ese motivo, una vez se seleccionaron a los ciudadanos que contribuirán con la jornada electoral, a sus correos electrónicos llegó un mensaje que confirmaba su designación y los pasos a seguir para cumplir con las capacitaciones y entrega de herramientas.

La consulta para jurados de votación puede realizarse ingresando tipo y número de documento en la web www.registraduria.gov.co - crédito Registraduría

Sin embargo, si no recibió el correo y sospecha que puede hacer parte de la extensa lista de seleccionados, la Registraduría indicó que los colombianos podrán ingresar a través del link www.registraduria.gov.co y buscar la opción CONSULTA JURADO DE VOTACIÓN.

En el modulo, el interesado solo deberá ingresar su tipo y número de documento y oprimir la opción consultar para iniciar con la búsqueda. En caso de no haber sido seleccionado, la plataforma indicará el mensaje: “El ciudadano con cédula ***** aún no figura en nuestra base de datos de jurados asignados".

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En caso de que sí haya sido elegido, la plataforma le indicará cual fue su puesto de votación asignada, además de la mesa que liderará y el cargo que ocupará durante las elecciones.

Recuerde que los datos oficiales aún se encuentran en proceso de carga al sistema, por lo que es recomendable consultar en los días posteriores para verificar su designación. Asimismo, la Registraduría indicó que en algunos casos los ciudadanos escogidos podrían no encontrar los datos completos de su designación y capacitación, por lo que recomienda intentar nuevamente en una fecha siguiente.

La Registraduría Nacional seleccionó a 124.011 jurados de votación en Bogotá para las elecciones presidenciales del 2026 - crédito Registraduría Nacional

“Señor Jurado: Si no logra visualizar la programación de capacitación en el municipio donde fue designado, le informamos que estos se encuentran en proceso de creación y asignación de sesiones de capacitación. Le recomendamos seguir ingresando para obtener actualizaciones”, indicó la Registraduría.

La capacitación obligatoria para los seleccionados se realizará entre el 11 y el 28 de mayo, disponible tanto en modalidad presencial como virtual, siguiendo lo dispuesto por la Registraduría Nacional.

El periodo formativo es considerado esencial para asegurar que los participantes conozcan con precisión sus responsabilidades, el manejo adecuado de los materiales electorales y la atención a los votantes.

Una sanción de hasta $17.509.050 para inasistentes y descanso compensatorio para quienes cumplen

El incumplimiento del rol de jurado de votación puede acarrear consecuencias graves. Aquellos que falten sin justificación enfrentarán una multa de hasta 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes, equivalentes a $17.509.050 para 2026, según estableció la Registraduría.

La Registraduría permite consultar la designación como jurado de votación para las elecciones presidenciales de 2026 ingresando el número de cédula en su sitio web oficial - crédito VisualesIA

En el caso de infractores que desempeñen funciones públicas, la sanción podrá llegar a la destitución del cargo. Las instituciones oficiales están facultadas para recaudar estos cobros de manera directa y sin requerir intervención judicial.

Asimismo, los jefes de personal o nominadores que omitan incluir ciudadanos en los listados suministrados a la Registraduría pueden recibir sanciones equiparables: destitución si son funcionarios públicos y una multa de hasta 10 salarios mínimos para particulares.

Por otro lado, se otorgará a los jurados que asistan un día de descanso compensatorio remunerado, a tomar dentro de los 45 días hábiles posteriores a la jornada electoral, previa coordinación con el empleador, como estipula el artículo 105 del Código Electoral. Este reconocimiento representa la importancia del compromiso ciudadano con la legitimidad democrática en las elecciones.

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