Nicolás Petro Burgos, imputado por lavado de activos y enriquecimiento ilícito, enfrenta un proceso judicial mientras la Fiscalía General de la Nación, bajo la dirección de Luz Adriana Camargo, lo acusa de utilizar beneficios turísticos reservados a militares, alegando su vínculo con la familia presidencial.
Aunque el hijo del presidente de la República, Gustavo Petro, no asistió de manera presencial a las audiencias en Barranquilla, Atlántico, aludiendo restricciones de movilidad por su inclusión en la Lista Clinton y dificultades económicas, la Fiscalía sostuvo que realizó desplazamientos y estadías de placer en destinos exclusivos, donde suele ser difícil acceder incluso para miembros de la fuerza pública.
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Esta contradicción, que se envidenció por medio de registros y publicaciones en redes sociales, motivó un pedido de arresto en su contra y de su abogado ante el juez Hugo Carbonó, según documento que emitió el ente acusador al que accedió Semana.
En este entramado, se detectó una factura a nombre de Laura Ojeda Estupiñán, pareja de Petro Burgos, fechada el 15 de abril de 2026 y emitida por el Batallón Córdova en el Centro Vacacional San Fernando, en Santa Marta, Magdalena.
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La factura, por $1.108.000, hacía referencia a gastos en restaurante, bar, comidas rápidas y servicios de peluquería, pero no incluía alojamiento, a pesar de que la tarjeta de registro reflejaba una estadía de 15 días. Sin embargo, este documento fue expedido cinco días después del supuesto consumo y tras la visita de los investigadores al lugar, dato que aumentó las dudas sobre la trazabilidad y legalidad de la operación, según consignó el ente acusador.
La Fiscalía reveló contradicciones entre los alegatos de Nicolás Petro y su presencia en clubes militares
El informe de la Fiscalía General de la Nación señala que, aunque Nicolás Petro Burgos afirmó no poder viajar para comparecer ante la justicia —alegando que las sanciones internacionales le impedían la compra de pasajes—, los registros reflejan que sí viajó al Caribe colombiano durante el mismo periodo.
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Los investigadores reconstruyeron sus movimientos y confirmaron una reserva para siete personas en el San Fernando entre el 27 de marzo y el 10 de abril de 2026, bajo el nombre de Laura Ojeda Estupiñán. El sistema Zeus y las inspecciones policiales validaron su estancia en el centro recreacional, todo ello en plena temporada alta.
La entidad sostuvo que los indicios de consumo y estancia del exdiputado del Atlántico en Santa Marta coinciden con publicaciones de Ojeda Estupiñán y otros usuarios en redes sociales, y que en la tarjeta de registro del club militar no se cobraba la estadía, sino otros consumos de servicios, reveló el medio citado. Por ese motivo, el organismo solicitó esclarecer qué funcionario emitió la factura, en qué condiciones se accedió a los servicios y cuántas personas fueron beneficiadas, anticipando que podría tratarse de un esquema de autorizaciones irregulares.
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Estas incongruencias motivaron la solicitud de imposición de medidas correccionales ante el juez Carbonó. En palabras de la fiscal Lucy Laborde“Resulta un contrasentido jurídico y fáctico que el procesado alegue una restricción de movilidad, derivada de su inclusión en la Lista Ofac, para eludir los llamados de la Justicia, mientras que, de manera simultánea y con posterioridad a dicha inclusión, ha demostrado tener plena capacidad, logística y disposición para desplazarse entre las ciudades de Cartagena, Santa Marta y Bogotá”, citó la fiscal en audiencia.
La defensa sostiene que Nicolás Petro se moviliza por seguridad y niega ilegalidad
El abogado Alejandro Carranza, representante legal de Nicolás Petro Burgos, argumentó que la inclusión en la Lista Ofac no limita los desplazamientos dentro del territorio nacional por vía terrestre. Agregó que su cliente utiliza guarniciones militares exclusivamente por razones de seguridad, considerando su condición de hijo del presidente de la República y el esquema de protección estatal que posee.
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Sobre la ausencia en las audiencias presenciales, la defensa explicó que Petro Burgos ha cumplido en su totalidad con las audiencias virtuales y que no alojarse en hoteles de lujo responde a criterios de seguridad, no a intentos de entorpecer la acción judicial.
En respuesta a la Fiscalía, Carranza afirmó: “Pretender deducir ocultamiento por no alojarse en un hotel 5 estrellas es desconocer cómo opera la protección de personas en riesgo”.
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Además, el propio Nicolás reclamó que la exposición pública de imágenes familiares en el expediente jurídico ponía en peligro a su circulo cercano, pero los investigadores remarcaron que esas publicaciones provenían directamente de Laura Ojeda Estupiñán.
El juez define si hubo desacato de órdenes judiciales
El juez Hugo Carbonó abrió un incidente de medidas correccionales tras la solicitud formal de la Fiscalía, que fundamentó su petición en el incumplimiento de las órdenes de asistir presencialmente a las audiencias. Deberá analizar si Nicolás Petro Burgos efectivamente eludió dichas órdenes y si, como sostiene la acusación, engañó a la Justicia. Las dudas centrales giran en torno a la legalidad del acceso y disfrute de los beneficios en clubes militares, el uso de facturas retrospectivas y la posible participación de funcionarios en la autorización y registro de estos servicios.
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La dependencia de registros hoteleros, publicaciones en redes sociales, cronogramas de traslados y documentos administrativos será clave para dilucidar el alcance verdadero de las actuaciones de Petro Burgos y determinar si, además de incumplir una orden judicial, existió un mecanismo irregular para evadir los controles de la autoridad judicial y obtener ventajas indebidas reservadas a uniformados.