“Es un alivio parcial, no definitivo”: AmCham sobre suspensión del impuesto al patrimonio

La suspensión de la segunda cuota del impuesto al patrimonio genera alivio temporal para algunas entidades, mientras persisten dudas jurídicas y se espera un fallo definitivo de la Corte Constitucional

María Claudia Lacouture, presidenta ejecutiva de AmCham Colombia- crédito @AmChamCol/X

La suspensión del cobro de la segunda cuota del impuesto al patrimonio abrió un nuevo frente de incertidumbre para empresas y entidades en Colombia, pese a representar un alivio inmediato para algunos sectores.

La medida, adoptada por la Corte Constitucional, detiene de forma provisional el pago que debía realizarse el 4 de mayo de 2026, específicamente para entidades sin ánimo de lucro del régimen especial y aquellas en proceso de liquidación.

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De acuerdo con Revista Semana, esta decisión no elimina la obligación tributaria, sino que pausa su exigibilidad mientras el alto tribunal analiza de fondo la constitucionalidad de la medida.

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La medida, adoptada por la Corte Constitucional, detiene de forma provisional el pago que debía realizarse el 4 de mayo de 2026- crédito Colprensa

La suspensión de la segunda cuota del impuesto al patrimonio es un alivio parcial, no una decisión definitiva”, afirmó María Claudia Lacouture, presidenta de la Cámara Colombo Americana, citado por ese medio de comunicación.

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La dirigente gremial señaló que el pronunciamiento de la Corte envía una señal clara sobre la existencia de dudas constitucionales relevantes, al tiempo que corrige lo que considera una inequidad frente a ciertas entidades.

Según explicó, el impacto de la decisión es limitado, ya que no resuelve de manera definitiva el panorama tributario ni elimina las obligaciones futuras.

El punto central es que la suspensión no implica la desaparición del impuesto, sino una pausa mientras se toma una decisión definitiva, lo que mantiene en vilo a quienes podrían verse nuevamente obligados a pagar.

Este escenario implica que las entidades beneficiadas con la medida deben mantenerse atentas al desarrollo del proceso judicial, ya que el resultado podría reactivar el cobro.

FOTO DE ARCHIVO. Un empleado cuenta billetes de pesos colombianos en una casa de cambio en Bogotá, Colombia, 11 de julio, 2022. REUTERS/Luisa González

La falta de una decisión de fondo prolonga la incertidumbre jurídica, especialmente en un contexto en el que múltiples organizaciones enfrentan presiones financieras y dificultades para planificar sus obligaciones tributarias.

Lacouture también advirtió que miles de empresas continúan enfrentando problemas de liquidez y falta de claridad normativa en materia fiscal.

Se requiere seriedad, consistencia y respeto por las normas”, expresó, citado por ese medio de comunicación, al referirse al entorno tributario actual.

La presidenta de AmCham insistió en la necesidad de que la Corte adopte una decisión definitiva en el menor tiempo posible, con el objetivo de devolver confianza y estabilidad al sistema.

“Ojalá la Corte adopte una decisión de fondo pronta y sólida, que le devuelva al país claridad, confianza y estabilidad”, puntualizó Lacouture, citado por ese medio de comunicación.

Presidenta de AmCham Colombia, María Claudia Lacouture - crédito Colprensa

Desde el punto de vista técnico, expertos en materia tributaria coinciden en que la medida representa un alivio temporal, al permitir a las entidades reorganizar sus recursos y evitar sanciones inmediatas.

Sin embargo, advierten que este respiro podría ser momentáneo, dependiendo del fallo final que adopte el alto tribunal.

El efecto práctico es una pausa en la presión financiera para las organizaciones cobijadas por la decisión, pero sin una garantía de que esa carga desaparezca definitivamente.

Esto obliga a las entidades a mantener provisiones o estrategias financieras que contemplen un eventual pago futuro.

El caso también pone en evidencia tensiones dentro del sistema tributario colombiano, donde decisiones judiciales pueden modificar de manera temporal las obligaciones fiscales mientras se resuelven disputas de fondo.

Para el sector empresarial, este tipo de escenarios incrementa la complejidad en la toma de decisiones financieras y en la planificación de mediano plazo.

La discusión jurídica en torno al impuesto al patrimonio se convierte así en un factor clave para la estabilidad económica de ciertas organizaciones, especialmente aquellas que ya enfrentan limitaciones de liquidez.

Mientras avanza el análisis constitucional, la medida deja abierta la posibilidad de ajustes o cambios en la aplicación del impuesto.

El desenlace del proceso será determinante para definir si la obligación se mantiene, se modifica o se elimina para los sectores involucrados, lo que mantiene la expectativa en el ámbito empresarial.

Por ahora, la suspensión opera como un alivio temporal en medio de un panorama marcado por la incertidumbre normativa.

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