La Dian explicó qué hará con el dinero pagado en impuestos por los colombianos ante decisión de la Corte que afecta al Gobierno Petro

Los contribuyentes deberán prestar atención a los próximos anuncios oficiales para conocer los pasos y plazos del nuevo procedimiento

La Dian sugirió a los contribuyentes, usuarios aduaneros y al público en general prestar atención a los comunicados oficiales sobre modificaciones en procedimientos, pagos y fechas del calendario fiscal - crédito Dian

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) notificó que acatará plenamente la Sentencia C-079 de 2026, que anuló el Decreto Legislativo 1474 —expedido ante la emergencia económica de diciembre de 2025— y ordenó la devolución de recursos recaudados por concepto de impuestos modificados bajo esa norma. La entidad que dirige Carlos Betancourt ya inició el análisis del fallo y comunicó que informará de manera clara y oportuna a los contribuyentes sobre los procedimientos derivados de esta decisión.

La anulación del decreto, junto con la instrucción de regresar los valores obtenidos, implica que quienes hayan hecho pagos por impuestos alterados bajo el Decreto 1474 podrán reclamar su devolución en los términos que determine la autoridad tributaria. Resaltó que garantizará la seguridad jurídica en la transición y ajustará sus procesos internos conforme a las órdenes impartidas por la Corte Constitucional.

Situación de los contribuyentes tras el fallo

Asimismo, aconsejó a los contribuyentes, usuarios aduaneros y ciudadanía especial atención a los anuncios oficiales sobre cambios en trámites, pagos y calendarios fiscales. Toda modificación relacionada con esta sentencia será publicada por medio de los canales institucionales para asegurar la transparencia y la facilidad de acceso a la información.

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La Dian informará sobre las acciones que se deriven del cumplimiento de esta decisión - crédito Dian

Hasta ahora, la entidad reiteró que cada acción o cambio derivado de la decisión judicial se comunicará de manera previa para evitar que alguien resulte afectado por los ajustes requeridos. También se sugirió vigilar los pagos anticipados y los procedimientos que puedan verse impactados por la anulación.

Decisión de la Corte Constitucional y devolución de dineros

Dicha información se conoció luego de que la Sala Plena de la Corte Constitucional resolvió por unanimidad invalidar el Decreto 1474, después de revocar el denominado “decreto madre”, el 1390. El tribunal sostuvo que, al desaparecer la emergencia económica declarada por ese decreto, también caducaban las medidas tributarias que se habían adoptado después.

Se señala en el fallo que los “impuestos directos que fueron modificados o se hayan causado mientras el Decreto Legislativo 1474 de 2025 produjo efectos no serán objeto de declaración, liquidación o cobro por parte de la Dian”. Además, ordena devolver los pagos anticipados recibidos bajo ese decreto, asignando a la autoridad tributaria la responsabilidad de efectuar la restitución.

María Claudia Lacouture, presidenta ejecutiva de AmCham Colombia, dijo que, de cara a la segunda emergencia, será fundamental contar con criterios claros y consistente que le den certezaal país - crédito @McLacouture/X

Límites de la excepcionalidad tributaria

La presidenta ejecutiva de AmCham Colombia, María Claudia Lacouture, sostuvo que la decisión judicial marca un precedente sobre los límites de la excepcionalidad en política tributaria. Recalcó que “la excepcionalidad tiene límites y los impuestos no pueden imponerse desbordando la reserva de la ley”.

Para ella, lo esencial del fallo es la instrucción de restituir los montos recaudados por la emergencia, ya que ello refuerza la certidumbre normativa entre las autoridades y los contribuyentes. También señaló la necesidad de contar con criterios claros y coherentes ante eventuales nuevas emergencias, para dotar al país de mayor seguridad jurídica frente a decisiones del Ejecutivo en situaciones extraordinarias.

Posición de Petro frente a las devoluciones

El presidente Gustavo Petro expresó su desacuerdo con la interpretación de que habría grandes sumas a devolver. Afirmó, por medio de X, que “los impuestos que tumba la Corte de la emergencia económica no se cobraron. Así que no hay nada que devolver”.

Añadió que ante la suspensión del mecanismo que hizo la Corte, únicamente se alcanzó a recaudar de deudores antiguos de la Dian que accedieron a beneficios tributarios, por lo que no se crearon nuevos gravámenes por las medidas del decreto. De esta manera, insistió en que las repercusiones fiscales serán limitadas y que la restitución de recursos será marginal.

Gustavo Petro dijo que “no hay nada que devolver”- crédito @petrogustavo/X

Retos y recomendaciones

La anulación del decreto y sus repercusiones resaltan la importancia de establecer reglas claras para el uso de competencias extraordinarias durante futuras emergencias. Expertos remarcan que es fundamental garantizar la transparencia y la universalidad en la aplicación de medidas fiscales, a fin de evitar incertidumbre en la ciudadanía y garantizar la correcta gestión tributaria.

La experiencia podría servir como referencia para fortalecer los procedimientos institucionales y evitar nuevas controversias sobre los límites del Ejecutivo ante situaciones excepcionales. La Dian confirmó que estudiará los procedimientos afectados por el fallo e informará cada avance a la ciudadanía, enfocándose en preservar la confianza pública y el marco legal.

Dicha situación evidencia la necesidad de reglas transparentes y predecibles, para que en escenarios de crisis tanto el sector público como el privado puedan actuar con certeza y confianza.

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