El abogado Jaime Granados presentó el lunes 2 de marzo de 2026 un recurso de impugnación ante el Tribunal Superior de Antioquia, con el que solicitó la revocatoria de la condena a 28 años de prisión y la absolución de Santiago Uribe Vélez, hermano del expresidente Álvaro Uribe Vélez, por su presunta participación como jefe del grupo paramilitar Los Doce Apóstoles. Sentencia en la que, según el tribunal departamental, fue encontrado responsable de sendos delitos.
La defensa de Santiago Uribe formalizó la apelación después de que el Tribunal Superior de Antioquia lo declaró responsable de los delitos de concierto para delinquir agravado y homicidio agravado. El fallo, emitido el 25 de noviembre, revocó la absolución dictada en primera instancia y fijó una condena de 28 años de cárcel para el ganadero y empresario, al señalarlo como líder del grupo armado ilegal que operó en el norte de Antioquia durante los 90.
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La sentencia también compulsó copias para investigar su posible responsabilidad en otros homicidios ocurridos en la Hacienda La Carolina. De acuerdo con el referido fallo, Uribe Vélez fundó y dirigió el grupo Los Doce Apóstoles, estructura que llevó a cabo asesinatos selectivos y acciones de “limpieza social” en municipios como Yarumal, Campamento y Valdivia, como el de Juan Camilo Barrientos, por el que fue hallado culpable por el tribunal.
Las pruebas presentadas en el juicio, incluidas declaraciones de agentes estatales y antiguos integrantes de la organización, situaron el centro de operaciones en la Hacienda La Carolina y describieron un plan sistemático para eliminar a personas consideradas “indeseables” o auxiliares de la guerrilla de las Farc; pese a que el hermano del ex jefe de Estado negó estar relacionado con los sucesos y denunció intereses para lograr la reducción de penas con su nombre.
Los argumentos de la defensa de Santiago Uribe con los que buscaría tumbar la condena en su contra
Según se conoció en el documento, el abogado Granados y la defensa buscan con este recurso judicial desvirtuar los fundamentos del fallo, al alegar que el proceso estuvo politizado debido a la identidad del acusado. Los letrados argumentaron que la mayoría de los testigos escuchados en el juicio presentan animadversión hacia el expresidente Uribe y que esto habría contaminado la objetividad de sus testimonios, con los cuales se condenó al ganadero paisa.
La defensa sostuvo que no se permitió contrarrestar adecuadamente las versiones de los testigos principales de la Fiscalía, en particular la del mayor (r) Juan Carlos Meneses y la de Eunicio Pineda, y que el fallo en contra de Santiago Uribe Vélez se basó en declaraciones previas sin que la defensa pudiera interrogarlos de manera pública, lo que consideran una violación a los estándares internacionales de debido proceso, relacionados con este mediático caso.
Sobre el testimonio de Meneses, según consignó Semana, tanto Peña como su equipo señalan que existen al menos 19 incongruencias y contradicciones relacionadas con los hechos, lo que pone en duda su credibilidad. Y respecto al campesino Eunicio Pineda, se argumentó que sufre de esquizofrenia paranoide y que sus relatos han sido fantasiosos y carecen de corroboración externa, lo que, según la defensa, no debería ser suficiente para fundamentar una condena.
“No se puede condenar a un ciudadano sobre la base de testigos que han mentido, que se contradicen, que llegan movidos por intereses o que padecen graves trastornos mentales sin corroboración externa”, fue la argumentación de la bancada defensiva para desvirtuar el testimonio de Pineda: considerado clave en el juicio contra Santiago Uribe Vélez, pues era vecino, aunque se mencione que, producto de esta condición mental ha elaborado “denuncias fantasiosas”.
Del mismo modo, también se cuestionó la solidez de los testimonios de otros dos testigos, Olguan Agudelo y Alexander Amaya Vargas, que integraron grupos armados ilegales y no pudieron explicar con claridad la forma en que obtuvieron la información que aportaron en el juicio. De acuerdo con el escrito de impugnación del referido fallo, la acusación quedó debilitada tras el análisis de documentos, registros y pruebas presentadas durante las audiencias.
Finalmente, con este recurso, se rechazó la calificación de crimen de lesa humanidad, al precisar que los hechos no cumplen con los criterios de ataque generalizado o sistemático exigidos por el derecho internacional. La decisión final sobre la situación jurídica de Santiago Uribe Vélez dependerá ahora de la Corte Suprema, que deberá analizar el recurso presentado en uno de los casos judiciales más emblemáticos de los últimos años en el país.
“Respecto al homicidio de Camilo Barrientos, aun tratándose de un crimen atroz, la defensa explica que tampoco encaja en la definición de crimen de lesa humanidad que exige un ataque generalizado o sistemático contra la población civil, ejecutado por un Estado o una organización con esa finalidad. Lo que existió en Yarumal, por grave que sea, no se acomoda a la arquitectura jurídica de Núremberg, ni del Estatuto de Roma”, destacó la defensa, según Semana.