La SIC impuso medidas a Rappi, Dislicores y Éxito: buscan evitar venta de vapeadores a menores de edad

La entidad confirmó controles reforzados para evitar que menores de edad accedan a productos de tabaco y vapeadores en tiendas virtuales, tras detectar infracciones en comercios que incumplen la Ley 2354 de 2024

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La SIC comunicó que reforzó medidas para evitar que los menores puedan acceder a los vapeadores - crédito Carl Recine/Reuters

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) anunció en la mañana del 17 de diciembre de 2025 la implementación de medidas reforzadas para impedir la venta de productos de tabaco, vapeadores y sus derivados a menores de edad en plataformas de comercio electrónico.

Esta acción se produce tras los primeros hallazgos de la aplicación de la Ley 2354 de 2024, conocida como Ley antitabaco, y forma parte de una serie de investigaciones y controles realizados durante agosto y septiembre de 2025 en 27 establecimientos de venta, tanto físicos como digitales.

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Según confirmó la SIC, diez de los comercios visitados habrían incurrido en vulneraciones a los derechos de los consumidores y a la normativa que restringe la exposición de menores a estos productos.

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Los empaques estarían diseñados para atraer a menores: SIC

Entre las posibles infracciones se identificó la venta de productos con empaques diseñados para captar la atención de los menores, el uso de mecanismos que incentivaban o promovían la compra de estos productos en puntos de venta, y la omisión de información visible sobre los precios.

A través del comunicado oficial de la Superintendencia de Industria y Comercio, la entidad comentó: “El diseño de los empaques podría incentivar su consumo, contrariando la protección reforzada que la ley otorga a niños, niñas y adolescentes para salvaguardar su salud”.

Primera parte del comunicado contra la venta de vapeadores a menores - crédito SIC

La Dirección de Protección al Consumidor de la SIC también observó la utilización de instrucciones y advertencias sobre riesgos escritas solo en inglés, que dificultan el acceso a información esencial para tomar decisiones informadas por parte de los consumidores colombianos.

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Además, múltiples plataformas electrónicas habrían incumplido la obligación de identificar de forma clara y visible sus datos empresariales, NIT y canales de contacto, así como condiciones de entrega, derecho de retracto y enlaces hacia la autoridad de protección al consumidor.

En dos pies de página, el comunicado incluyó a los grupos empresariales que deben seguir los refuerzos restrictivos:

“¹ Grupo Divervape S.A.S., My Vape S.A.S., Camilo Andrés Gutiérrez Cardona, Daniel Orlando Muñoz Nieto, Gustavo Medellín Lesmes, Juan Pablo Pedraza Peña, Daniel Alejandro Londoño Henao, Gragon Vape S.A.S., Joseph Steven Pinillos y Jessy Dan Rivera Cardona”, se lee en el documento.

“² Dislicores S.A.S., Torres Trillizas S.A.S. (TOTRI), Grupo DIY S.A.S., Bloommart Colombia S.A.S., Compañía Colombiana de Tabaco S.A.S., Vapor Soul S.A.S., C911 Group S.A.S., Almacenes Éxito S.A., Vapor Life Store S.A.S., Mister Hookah S.A.S. y Rappi S.A.S.“, agregó el comunicado.

Las regulaciones que impuso la SIC

Como parte de la respuesta regulatoria, la SIC expidió la Resolución 106801 de 2025, mediante la cual se ordenó a once empresas que comercializan cigarrillos, tabaco, vapeadores y dispositivos relacionados vía internet la implementación inmediata de controles robustos para evitar el acceso de menores a estos productos.

Regulaciones de la SIC a tiendas que expenden vapeadores en Colombia - crédito SIC

Entre las exigencias establecidas figuran la doble verificación de la mayoría de edad tanto al ingreso como al pago, leyendas visibles de restricción para menores, que digan “solo para mayores de 18 años”, filtros tecnológicos para bloquear compras de usuarios menores y la aplicación de alertas durante la entrega a domicilio.

En el comunicado de Superintendencia consta que “las plataformas contaban con controles insuficientes, como simples botones de confirmación de edad o advertencias poco visibles”.

Ante esta situación, se dispuso el diseño obligatorio de protocolos para verificar que las entregas a domicilio de estos productos solo se realicen a personas mayores de edad, respaldados con la verificación documental del receptor.

En la información de los empaques de los vapeadores se deberá leer que no estarán permitidos para menores de 18 años - crédito Henry Romero/Reuters

En cuanto a la gravedad de las infracciones, la SIC remarcó la ausencia de información suficiente sobre la disponibilidad de vueltas correctas en las transacciones, lo que constituye también una falta a la normativa de protección al consumidor en el contexto del comercio electrónico.

La Superintendencia de Industria y Comercio reiteró en su comunicado su compromiso en la defensa de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

Explicó que “la Entidad continuará realizando labores de verificación y control para asegurar el cumplimiento de la regulación vigente en materia de tabaco y sus derivados”.

Las empresas investigadas, según confirmó la autoridad, tendrán oportunidad de ejercer su derecho de defensa en el marco de las garantías legales del sistema colombiano.

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