
La entrada en vigor de manera parcial de la Ley 2466 de 2025 o reforma laboral marca un cambio relevante para millones de trabajadores y empleadores en Colombia, en especial, durante diciembre, para las festividades de Navidad y Año Nuevo. Con la implementación progresiva de la norma, el país experimenta una transformación en los derechos y obligaciones relacionados con los descansos, los recargos por trabajo en días festivos y nocturnos, y las condiciones de contratación.
Dichos cambios afectan de manera directa los pagos y la organización de la jornada laboral durante estas celebraciones, dos fechas de alta sensibilidad para la fuerza laboral colombiana.
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La Ley 2466 de 2025, sancionada el 25 de junio de 2025, incluye una modernización del régimen laboral colombiano, con énfasis en la formalización del empleo y la protección de los derechos fundamentales de los trabajadores. La implementación de la reforma será gradual y parcial, como parte de un periodo de transición que se extenderá hasta 2027.
El Gobierno nacional, por medio del Ministerio de Trabajo, lidera el proceso con el objetivo de fortalecer la inspección y vigilancia. El ministro Antonio Sanguino anunció la vinculación de nuevos inspectores para garantizar la correcta aplicación de la ley. La reforma incluye a trabajadores domésticos y de plataformas digitales en el régimen general, y que los sectores con operación continua, como salud, seguridad, transporte y hotelería, deberán cumplir con los nuevos recargos y descansos compensatorios.
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Días festivos de Navidad y Año Nuevo: derechos y obligaciones
Con relación a los días festivos de Navidad y Año Nuevo, el 25 de diciembre de 2025 y el 1 de enero de 2026 se mantienen como días de descanso obligatorio, conforme al Código Sustantivo del Trabajo y ratificado por la nueva ley. Salvo en sectores donde la operación continua resulta indispensable, los trabajadores no están obligados a laborar en estas fechas. Sin embargo, quienes deban hacerlo tendrán derecho al pago del recargo correspondiente por trabajo en día festivo, según lo estipulado por la normativa. Por eso, es necesario que los empleados verifiquen en su volante de pago que se hagan las cancelaciones correspondientes a las horas extras trabajadas en estas fechas.
Recargos por trabajo en domingos y festivos: cronograma de incremento y cálculo
Uno de los cambios más relevantes introducidos por la reforma es el incremento gradual del recargo festivo por trabajo en domingos y festivos. A partir del 1 de julio de 2025, el recargo será del 80% sobre el valor de la hora ordinaria. Este porcentaje aumentará al 90% en julio de 2026 y alcanzará el 100% en julio de 2027.
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Esto significa que quienes trabajen durante Navidad o Año Nuevo en 2025 recibirán un recargo del 80%, mientras que en los años siguientes el porcentaje crecerá hasta llegar al 100%. Dicho ajuste busca reconocer el esfuerzo adicional de quienes laboran en días tradicionalmente destinados al descanso y promover un mayor equilibrio entre la vida laboral y personal.
Modificación del horario nocturno y recargo correspondiente
La reforma también modifica el horario nocturno y el recargo correspondiente. Hasta el 25 de diciembre de 2025, la jornada diurna comprende el horario de 6:00 a 9:00 p. m.. A partir de esa fecha, la jornada diurna finalizará a las 7:00 p. m., por lo que el horario nocturno se extenderá desde las 7:00 p. m. hasta las 6:00 a. m.
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El recargo nocturno se mantiene en el 35% sobre el valor de la hora ordinaria. Para calcularlo, se debe multiplicar el valor de la hora trabajada por 0,35. El cambio implica que cualquier trabajador que labore después de las 7:00 p. m. a partir del 26 de diciembre deberá recibir el recargo nocturno, lo que representa una ampliación del periodo considerado como trabajo nocturno.

Regulación de contratos a término fijo y su impacto en la temporada navideña
En materia de contratación, la reforma introduce una regulación más estricta sobre los contratos a término fijo. Desde la entrada en vigor de la Ley 2466, ningún trabajador podrá estar vinculado bajo esta modalidad por más de cuatro años consecutivos. Superado este plazo, el contrato deberá convertirse en indefinido.
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Dicho ajuste afecta de manera directa a los trabajadores temporales contratados durante la temporada navideña, ya que las empresas deberán justificar de manera adecuada la temporalidad del contrato y evitar prácticas de contratación sucesiva que vulneren los derechos laborales.
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