Prosperidad Social confirmó las fechas para los pagos de Devolución del IVA

La entidad destinó más de 135.000 millones de pesos para esta etapa del programa

Podrán consultar directamente en la alcaldía de su municipio o en las Direcciones Regionales de Prosperidad Social - crédito Prosperidad Social

El Programa Devolución del IVA del Gobierno anunció los plazos para la entrega de pagos extraordinarios correspondientes a los ciclos 4, 5 y 6 de 2023, destinados a hogares beneficiarios que aún no han reclamado estos recursos.

A partir del 28 de junio, los pagos serán emitidos y estarán disponibles hasta el 19 de julio, lo que busca brindar así la última oportunidad para que los beneficiarios puedan reclamar sus transferencias. Los hogares serán notificados de la disponibilidad de los fondos a través de mensajes de texto enviados por el operador de pagos SuperGIROS y su red aliada.

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Los hogares serán notificados de la disponibilidad de los fondos a través de mensajes de texto - crédito Prosperidad Social

Para saber si son beneficiarios, los ciudadanos podrán verificar desde el 26 de junio ingresando a la página web del programa: https://devolucioniva.prosperidadsocial.gov.co. También podrán consultar directamente en la alcaldía de su municipio o en las Direcciones Regionales de Prosperidad Social.

Los montos de los pagos varían entre 90.000 pesos, en caso de tener un solo ciclo pendiente, y hasta 270.000 pesos para aquellos que acumulen los tres ciclos. En total, Prosperidad Social destinó más de 135.000 millones de pesos para esta etapa del programa.

Cabe destacar que la Devolución del IVA tiene como objetivo aliviar el impacto del impuesto sobre las ventas (IVA) en las familias más vulnerables del país. En esta oportunidad, se beneficiarán aquellos hogares que no reclamaron los ciclos anteriores del año 2023 y que no cayeron en causales de ineligibilidad o retiro, según el reciente proceso antifraude llevado a cabo por la entidad.

El programa no requiere inscripción, ya que la selección de beneficiarios se realiza con base en la información suministrada por el Sisbén IV y el Registro Social de Hogares. Por ello, es crucial que las familias mantengan actualizada su información en el lugar donde viven.

A partir del 28 de junio, los pagos serán emitidos y estarán disponibles hasta el 19 de julio - crédito Luisa González/REUTERS

Según el DPS, además de proporcionar un alivio económico inmediato, la Devolución del IVA contribuye a reducir la desigualdad y mejorar la equidad social. Al asegurar que los recursos lleguen a quienes más los necesitan, el programa ayuda a cerrar brechas de ingreso y a fomentar una distribución más justa de la riqueza.

Desde una perspectiva económica, estos subsidios pueden estimular el consumo y dinamizar la economía local. Las familias beneficiadas tienden a gastar los recursos recibidos dentro de sus comunidades, lo que impulsa el comercio local y genera un efecto multiplicador positivo.

En términos de bienestar social, la Devolución del IVA busca fortalecer la inclusión y cohesión social. Al proporcionar un apoyo financiero, el programa reduce la sensación de abandono y exclusión entre los sectores más pobres de la sociedad, mejorando su calidad de vida y perspectivas futuras.

Finalmente, al requerir que los beneficiarios mantengan actualizados sus registros en el Sisbén y el Registro Social de Hogares, el programa fomenta el uso de sistemas de información y promueve una cultura de formalidad y transparencia

La Devolución del IVA busca fortalecer la inclusión y cohesión social - crédito Flickr

Las condiciones de no elegibilidad

Con el objetivo de promover la equidad y asegurar que los beneficios lleguen a quienes realmente los necesitan, la entidad estableció en 2022 una serie de causales de no elegibilidad para los hogares, las cuales podrían ajustarse en los ciclos correspondientes a 2024. Estas causales incluyen:

  • Indicios del fallecimiento de la persona titular del hogar.
  • Documento de identidad no vigente por fallecimiento.
  • Reporte al programa por parte de la administración municipal.
  • Inconsistencias en el documento de la persona titular.
  • Duplicidad de registros de los hogares en el sistema de información del Programa o en las bases de Focalización, es decir, cuando el titular o los integrantes del hogar están registrados en más de un hogar dentro del Sistema de Información del Programa.
  • Concurrencia con otros programas sociales cuya normativa indique que no se puede ser beneficiario de “Devolución de IVA”.
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