Cecilia López dice que a la primera dama no se le puede “enviar a un rincón” por ser esposa del jefe de Estado

La Procuraduría General de la Nación señaló la necesidad de acabar con los viajes de la primera dama, Verónica Alcocer

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Verónica Alcocer está en el ojo público luego de que se revelara que gasta millones en su séquito y los viajes que hace sin ser servidora pública - crédito Jesús Aviles/Infobae
Verónica Alcocer está en el ojo público luego de que se revelara que gasta millones en su séquito y los viajes que hace sin ser servidora pública - crédito Jesús Aviles/Infobae

La controversia entre el presidente Gustavo Petro y el exmandatario Iván Duque sobre los roles y viajes de sus esposas, Verónica Alcocer y María Juliana Ramírez, respectivamente, alcanzó un fuerte cruce de mensajes. La Procuraduría General de la Nación sugirió poner fin a los viajes de la actual primera dama, argumentando que al no ser servidora pública, no debería recibir viáticos.

Cecilia López, exministra de Agricultura, participó en el debate sobre la función de una primera dama y planteó la necesidad de revisar esta figura en la emisora colombiana W Radio. Criticó el pobre debate en Colombia sobre el tema y destacó que la sociedad no tiene claros los valores asociados con este rol.

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En ese medio de comunicación, López cuestionó la inconsistencia en el trato entre Verónica Alcocer y la esposa de Iván Duque, resaltando que Alcocer es una mujer independiente, educada y con una carrera significativa antes de la presidencia de su esposo. Abogó por superar el enfoque de la primera dama como simplemente la esposa del presidente y reconocer a mujeres activas y profesionales que no deben ser marginadas solo porque sus esposos son presidentes.

La exministra reconoció en la W Radio la falta de normas y claridad sobre las funciones y límites de la primera dama, proponiendo un debate sobre el perfil de la mujer que acompaña al presidente. Destacó que la sociedad actual debe comprender que las mujeres en la Presidencia pueden ser diferentes, con estudios y carreras propias.

En lugar de atacar a las primeras damas, López abogó por abrir un diálogo sobre el papel de estas mujeres y enfatizó que su labor no debería limitarse solo a lo social o femenino, sino depender de sus habilidades y contribuciones.

Por qué Verónica Alcocer no es considerada funcionaria

Recientemente, se desempolvó un documento datado en noviembre de 2023, de la Procuraduría General de la Nación, en el que solicita la interrupción de los viajes de la primera dama de Colombia, Verónica Alcocer. El extenso concepto de 19 páginas establece que, al no ser considerada servidora pública, la esposa del presidente Gustavo Petro no puede recibir viáticos, argumento desencadenó controversias que resurgen ahora con la revelación de los gastos asociados a los numerosos desplazamientos de Alcocer y su comitiva.

En enero de 2023, el presidente Petro designó a Verónica Alcocer como embajadora en Misión Especial. Durante su visita al Vaticano, como fue comunicado por la Casa de Nariño, la primera dama extendió una invitación al papa Francisco para que realizara una visita a Colombia en el contexto del proceso de la Paz Total.

En el concepto 015491 de 2020 del Departamento Administrativo de la Función Pública (Dapre) se destaca que la primera dama no ostenta el carácter de servidora pública y no forma parte del Departamento. La Corte enfatiza la importancia de que las atribuciones administrativas y funciones temporales otorgadas a particulares sean específicas, concretas y determinadas, para garantizar el principio de legalidad.

No obstante, la entidad aclaró que estas consideraciones no impiden que la primera dama continúe desempeñando las actividades tradicionales asociadas a su rol como cónyuge del presidente de la República. Puede colaborar en tareas protocolarias, tener iniciativa en asistencia social, participar en labores de beneficencia pública y realizar actividades análogas.

El expediente de nulidad fue presentado en el Tribunal Administrativo de Cundinamarca por Harold Eduardo Sua, un ciudadano que tomó acciones legales contra la Presidencia de la República y Verónica Alcocer.

La entidad respalda este argumento, subrayando que, aunque el presidente dirige las relaciones internacionales y nombra a los agentes diplomáticos, un acto legislativo vigente desde 2015 prohíbe a cualquier servidor público realizar tales acciones con sus parientes.

Por su parte, el magistrado Luis Manuel Lasso, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, está evaluando un proceso en el cual la Procuraduría abogó por poner fin a los costosos viajes de la primera dama, argumentando que, al ser considerada funcionaria pública, dichos desplazamientos no deberían permitirse. Según el demandante, el artículo 126 de la Constitución prohíbe a los servidores públicos nombrar, postular o contratar con familiares.

“Los servidores públicos no podrán en ejercicio de sus funciones, nombrar, postular, ni contratar con personas con las cuales tengan parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, primero civil, o con quien estén ligados por matrimonio o unión permanente. Tampoco podrán nombrar ni postular como servidores públicos, ni celebrar contratos estatales, con quienes hubieren intervenido en su postulación o designación, ni con personas que tengan con estas los mismos vínculos señalados en el inciso anterior”, señala dicho artículo de la Constitución Política.