Estructuras paramilitares y narcotraficantes no pueden tener estatus político, afirmó la Fiscalía

La vicefiscal Martha Mancera explicó que las suspensiones de órdenes de captura fueron únicamente para integrantes de grupos armados de origen político como el ELN

Vicefiscal general de la Nación, Martha Mancera, en la audiencia de Paz Total de la Corte Constitucional. Foto: Corte Constitucional

En representación de la Fiscalía en la audiencia pública sobre las demandas presentadas contra la Ley 2272 de 2022 –que estableció la Paz Total como una política de Estado– acudió Martha Mancera, segunda al mando del ente acusador. Durante su intervención, expuso los reparos a esta norma que incluye la emisión de peticiones de suspensión de órdenes de captura contra integrantes de grupos criminales.

Sobre este apartado de la ley, la funcionaria sostuvo que varias de esas solicitudes representaron “diversos retos de interpretación jurídica” y que, positivas o negativas, la respuesta de la Fiscalía fue emitida teniendo en cuenta lo establecido en la Constitución respecto de elementos como las facultades del presidente de la República y la cooperación entre los poderes Ejecutivo y Judicial.

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“La Fiscalía debe, hasta el máximo permitido por el orden jurídico, colaborar en los procesos de paz”, explicó la vicefiscal General. En ese orden, agregó que en su momento el ente acusador avaló las solicitudes de levantamiento de las órdenes de captura de, por ejemplo, integrantes del ELN que hacen parte del equipo negociador en los diálogos con el Gobierno nacional, y los voceros del Estado Mayor Central para llevar a cabo los acercamientos de cara a la instalación de una mesa de conversaciones.

A pesar de esta ayuda otorgada a la administración Petro para avanzar en la política de pacificación nacional, Mancera manifestó que los grupos criminales de alto impacto y centrados en actividades como el narcotráfico y el terrorismo no pueden ser caracterizados como de origen político. En ese orden, estructuras como las Autodefensas Gaitanistas de Colombia (AGC o clan del Golfo) no pueden tener tal reconocimiento.

Al respecto, dejó en claro que “estructuras paramilitares, narcotraficantes y bandas de otro tipo, con el fin de lograr su sometimiento a la justicia ordinaria”, tienen prohibido tener estatus político, tal como lo contempla el artículo segundo de la Ley 2272.

La vicefiscal General, Martha Mancera, mencionó los reparos del ente acusador sobre la Ley 2272 (de Paz Total) y mencionó los aportes de la Fiscalía a la contribución de la política de pacificación propuesta por el Gobierno Petro. Foto: Fiscalía General de la República

Bajo esa precisión, la vicefiscal anotó que las órdenes de captura levantadas únicamente por la Fiscalía General de la Nación corresponden a integrantes de grupos armados al margen de la ley caracterizados por la actual administración como de origen político.

En enero de 2022, el presidente Petro elevó una petición a la Fiscalía de suspender las órdenes de captura emitidas contra 16 integrantes de las AGC, entre ellas cabecillas como Jobanis de Jesús Ávila Villadiego, alias Chiquito malo (líder de este grupo tras la extradición de Otoniel), y José Gonzalo Sánchez Sánchez, Gonzalito, al mando de la estructura Roberto Vargas del reducto paramilitar.

Dicha petición fue negada por Francisco Barbosa y el organismo que lidera argumentando dicha decisión en la Ley de Paz Total. “Los grupos armados organizados al margen de la ley no pueden tener los mismos tratamientos judiciales, penales o penitenciarios. Lo anterior, en la medida en que el reconocimiento de un estatus político es excepcional, mientras que el sometimiento a la justicia es la regla general”, precisó la Fiscalía.

Con este antecedente, Mancera hizo un llamado al respeto por la separación de poderes y la autonomía de los jueces de la República, toda vez que se presente “una duda interpretativa sobre la autoridad judicial competente para tomar esta decisión”. En un escenario de este tipo, la Fiscalía “dará prevalencia a la competencia de los señores jueces”, añadió la funcionaria.

Al término de su intervención, sostuvo que se deben tener como prioridad los derechos de las víctimas a la hora de iniciar procesos de negociación con grupos al margen de la ley como acercamientos con aquellos catalogados como criminales de alto impacto.

En este punto, consideró que estos derechos sobre las personas afectadas podrían vulnerarse y que determinadas negociaciones. “En ambos casos debe observarse los estándares jurídicos internacionales en materia de verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición; no obstante, sin un marco jurídico legal de sometimiento, la suspensión de órdenes de captura a toda clase de estructuras criminales sin estatus político puede inhibir o maniatar la acción penal de modo desproporcionado”, advirtió la vicefiscal Mancera.

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