
El Gobierno nacional expidió el Decreto 920 del 6 de junio de 2023 con el cual se estableció el nuevo régimen sancionatorio, de decomiso de mercancías y procedimiento en aduanas. Lo hizo en ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas por el Congreso de la República mediante el artículo 68 de la Ley 2277 de 2022, por la cual se adoptó la reforma tributaria de Gustavo Petro.
De acuerdo con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), con ese decreto ley se amplían las garantías para los usuarios aduaneros en materia sancionatoria y de decomiso de mercancías. Además, se reducen las causales de aprehensión de mercancías, se garantiza el cumplimiento de las normas aduaneras actuales y se sientan las bases para que el régimen aduanero responda a las dinámicas e innovaciones permanentes que exige el comercio exterior.
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La entidad precisó que este decreto ley es el resultado de un dialogo constante entre el Gobierno nacional, la ciudadanía, el Congreso de la República, el sector privado y la Academia. Sin embargo, a los exportadores del país les parece que es “más de lo mismo”.
Así lo dejó entreve el presidente de la Asociación Nacional de Exportadores (Analdex), Javier Díaz Molina, al explicar que es un régimen que salió porque la Corte Constitucional advirtió al Ejecutivo que no tenía facultades para llevar a cabo este régimen, sino que era el Congreso de la República.
El presidente de Analdex cree que ahí les quedaron debiendo y por eso espera que cuando entre en vigor el nuevo ordenamiento aduanero se puedan rescatar estos aspectos que quedaron por fuera en el régimen que empezó a regir el 9 de junio del 2023.
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¿Qué dice la Dian?
Tras la expedición del decreto ley, el director de la Dian, Luis Carlos Reyes, aseguró que “se amplían las garantías procesales de los usuarios aduaneros y se permite que las normas cumplan su función de atender las necesidades cambiantes del comercio exterior”
En el documento se deja estipulado que se amplían las garantías para los usuarios aduaneros y se reducen las causales de aprehensión de mercancías garantizando el cumplimiento de las normas aduaneras actuales y, además, se sientan las bases para que el régimen aduanero responda a las dinámicas e innovaciones que exige el comercio exterior.
Por esa razón las empresas que importan mercancía de Estados Unidos o de China, como cremas, celulares, audífonos, prendas, alimentos, entre otros, deberán reportarle el ingreso de estos productos a la Dian y deberá tener una justificación para traerlos a Colombia.
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Cada artículo deberá contar, además, con un sello del Instituto Nacional de. Vigilancia de Medicamentos y. Alimentos (Invima), en caso de ser requerido, y la Dian se encargará de evaluar el estado en el que este llegó al país. Si los trámites son positivos, estos productos tendrán acceso al país al pagar el debido tributo que cobrará la entidad aduanera. Sin embargo, de ser decomisados, esta entidad podrá disponer de estos con el fin de darle el uso y un destino adecuado.
Un ejemplo claro de esta situación son los celulares que no tienen un correcto registro, así como el licor. Estos se deben destruir, de acuerdo a esta nueva ley, pero si se llegan a incautar productos cárnicos u otros comestibles, estos se podrán donar a la Policía Nacional o al Ejército Nacional.
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