Demandan artículos del Plan de Desarrollo del Gobierno con los que se darían contratos a las Juntas de Acción Comunal

El concejal de Bogotá Marco Acosta presentó la demanda contra algunos puntos del plan propuesto por el presidente, Gustavo Petro, dentro de su mandato

La demanda fue específicamente interpuesta contra los artículos 100, 101, 364, 366 y 367 de la Ley 2294 de 2023. Foto: Ovidio González/ DNP

En un nuevo choque de ideas entre el Gobierno del presidente Gustavo Petro y algunos de sus opositores, algunos artículos del Plan Nacional de Desarrollo fueron demandados desde el Concejo de Bogotá.

Marco Acosta, miembro del partido Colombia Justa Libres, presentó una demanda de Acción Pública de Inconstitucionalidad ante de la Corte Constitucional, centrándose en determinados puntos del texto “Colombia Potencia Mundial de la Vida”.

El concejal bogotano basó su denuncia en los artículos 100, 101, 364, 366 y 367 de la Ley 2294 de 2023, la cual expidió el Plan de Desarrollo y que ha sido recibida con fuertes críticas por parte de cierto sector del Gobierno nacional.

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Una de las promesas del presidente Petro, en la que aseguraba que utilizaría a las Juntas de Acción Comunal junto con otras organizaciones sociales para la ejecución de obras o la adquisición de bienes y servicios, no cayó nada bien en cientos de ciudadanos, según contó Acosta.

El cabildante señaló que a través de los artículos 100 y 101 de la Ley del Plan se busca que las organizaciones estén en capacidad de recibir algunos contratos sin cumplir con parámetros suficientes para ejercerlos. Estos están estipulados hasta por 6.000 salarios mensuales legales vigentes.

Acosta apuntó contra el presidente acusándolo de gestionar los puntos con el objetivo de prestarse para algunas prácticas que ya se han visto en su gobierno, tales como otorgar puestos a personas conocidas de su familia o sencillamente personas cercanas al Gobierno.

“El presidente Gustavo Petro lo que quiere es pagar favores políticos, a través de la contratación estatal, vulnerando los principios de igualdad, imparcialidad, moralidad pública y selección objetiva”, comentó.

El concejal aseguró que el Congreso le entregó ciertas facultades al mandatario para crear e intervenir entidades del Estado a través de la ley del Plan Nacional de Desarrollo, siendo estas funciones que no se pueden delegar de esta manera y que son parte de la Ley Orgánica.

Según explicó Acosta, las capacidades a las que está abierto el presidente van en contra de lo que se establece en el artículo 150, número 10, inciso 3 de la Constitución Política de Colombia, así como el artículo 264 de la ley Quinta de 1992.

El cabildante enfatizó en que el Gobierno no puede pasar por encima de los valores democráticos plenamente establecidos e ir en contra de ello va en contra de las políticas que se manejan en el país.

“El Gobierno debe entender que el respeto a los valores democráticos es el camino a la paz y a la prevalencia del interés general. Intentar imponer normas abiertamente inconstitucionales es una afrenta a nuestro sistema democrático”, afirmó.

El Plan Nacional de Desarrollo, que se aprobó en el Senado el pasado 4 de mayo de 2023, establece cinco ejes, entre los que se encuentra el ordenamiento territorial alrededor del agua, seguridad humana y justicias social, derecho humano en alimentación, transformación productiva, internacionalización y acción climática, y convergencia regional.

Según informó el director de Planeación Nacional, Jorge Iván González, el plan se centra en la equidad en todos los sentidos de la nación y en la concertación con todos los estamentos de la sociedad, abarcando así casos como el de la Paz Total, actor diferencial para el cambio y estabilidad macroeconómica.

Por su parte, el presidente había manifestado que “Colombia, Potencia Mundial de la Vida no es un libro, no es simplemente una ley, es un punto de llegada de un diálogo nacional que aún tiene que seguir caminando”, en medio de un proceso de cambio que propuso su Gobierno en lugar de una nueva guerra.

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