
La Asamblea Nacional de Nicaragua aprobó este martes artículos de una reforma a la Constitución Política que crean las “fuerzas militares de reserva patriótica” y la “policía voluntaria” que, según los opositores, se tratarían de fuerzas parapoliciales y paramilitares.
La enmienda constitucional, propuesta por el dictador Daniel Ortega, y aprobada de manera unánime en segunda y definitiva votación, crea “las fuerzas militares de reserva patriótica, como parte del Ejército de Nicaragua, las cuales estarán integradas voluntariamente por oficiales, funcionarios, suboficiales, clase, soldados y marineros que han pasado a la honrosa condición de retiro o licenciamiento”.
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Esas fuerzas de reserva también podrá estar integradas por “cualquier ciudadano o ciudadana que desee participar en la defensa armada de la nación, para garantizar la estabilidad, la seguridad y la paz”.
Asimismo, se crea la policía voluntaria como cuerpo auxiliar y de apoyo a la Policía Nacional, integrada por nicaragüenses “que prestan sus servicios de forma voluntaria”.
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Pese a que la figura de policía voluntaria no existía en la Constitución, Ortega afirmó en septiembre de 2022 que el Ejército, la Policía y la “policía voluntaria” ayudaron a restaurar “la paz” en Nicaragua tras la revuelta popular que estalló en abril de 2018 por unas controvertidas reformas a la seguridad social y que dejaron cientos de muertos.
Según organismos humanitarios y opositores, esos civiles armados son “grupos parapoliciales y paramilitares” que actuaron con la aquiescencia del dictador Ortega en la denominada ‘Operación Limpieza’ con la que el régimen neutralizó las manifestaciones en su contra.
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Ejército podrá intervenir en apoyo a la Policía
La reforma también establece que la Presidencia podrá ordenar la intervención del Ejército en apoyo a la Policía Nacional, cuando la estabilidad de la República lo requiera.
Además, define al Ejército como “heredero directo” del Ejército Defensor de la Soberanía Nacional del héroe nicaragüense, el general Augusto C. Sandino, y del Ejército Popular Sandinista (1979-1995), y que “es el pueblo mismo uniformado y organizado para defender la paz, la soberanía, la independencia, la autodeterminación y la integridad territorial”.
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El Ejército estará bajo el mando de la Presidencia como Jefatura Suprema, y debe guardar protección, respeto y subordinación a la presente Constitución, y que es una institución obediente y no deliberante.
También prohíbe el establecimiento de bases militares extranjeras en el territorio nacional, y solo se podrá autorizar el tránsito o estacionamiento de naves, aeronaves, maquinarias y personal militar extranjero para fines humanitarios, adiestramiento, instrucción e intercambio, siempre que sea solicitado por la Presidencia y ratificado por la Asamblea Nacional.
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En tanto, la enmienda define a la Policía Nacional como un cuerpo armado subordinado a la Presidencia, encargado de proteger la vida de los habitantes del país, preservar el orden social y el orden interno, garantizar la seguridad de las personas y las instituciones, entre otros.
Mientras que el Ministerio del Interior es la institución del Estado a la que corresponde implementar, mantener y ejecutar las medidas necesarias para garantizar la seguridad ciudadana, seguridad del Estado y el orden interno, y que depende de la autoridad ejercida por la Presidencia.
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La reforma establece además que “no pueden existir más cuerpos armados en el territorio nacional que los establecidos en la Constitución, ni grados militares que los establecidos por la ley”.
También que no habrá servicio militar obligatorio y que se prohíbe toda forma de reclutamiento forzoso para integrar el Ejército, Policía Nacional y el Ministerio del Interior.
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La reforma constitucional está siendo discutida en segunda y definitiva lectura en el Parlamento, dominado por el oficialismo, y se prevé la culminen el 28 de enero.
(Con información de EFE)
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