
El Tribunal General de la Unión Europea, primera instancia del TJUE, ha desestimado este martes el recurso presentado por Apple contra su designación como "guardián de acceso" para su servicio 'App Store' y sistema operativo iOS --según los criterios de la Ley europea de Mercados Digitales (DMA, por sus siglas en inglés)--, dando así la razón a la Comisión Europea para someterlos a las reglas más estrictas de la regulación comunitaria.
El caso se remonta a septiembre de 2023, cuando Bruselas designó a Apple guardián de acceso ('gatekeeper' en inglés) para 'App Store', su sistema iOS y el navegador Safari. Entonces, los servicios comunitarios descartaron la misma calificación para iMessage, pero lo consideraron servicio básico de plataforma.
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Apple presentó ante la justicia europea recursos tanto para impugnar su designación como guardián de acceso en el caso de la App Store y de iOS y determinadas calificaciones empleadas por la Comisión, como la decisión de apertura de la investigación en relación con iMessage y la decisión por la que se cerró dicha investigación.
Según recuerda el Alto Tribunal europeo, esta calificación puede atribuirse a determinadas grandes empresas digitales que prestan servicios básicos de plataforma, es decir, servicios que desempeñan un papel de intermediario imprescindible entre las empresas que desean ofrecer sus servicios on line y los usuarios finales, siempre que cumplan determinados requisitos relacionados, en particular, con su tamaño y su influencia en el mercado.
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La consecuencia de tal categoría es que a las empresas así designadas se les imponen una serie de obligaciones específicas destinadas a garantizar una competencia leal y evitar abusos de las grandes plataformas sobre competidores menores o ante usuarios.
En su sentencia de este jueves, el Tribunal con sede en Luxemburgo desestima todos los recursos interpuestos por Apple, de modo que confirma su designación como guardián de acceso en el caso de la App Store y de iOS; al tiempo que declara inadmisibles los recursos relativos al servicio iMessage.
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Así, confirma la apreciación de la Comisión de que las diferentes versiones de la App Store constituyen un único servicio básico de plataforma, señala que independientemente de los dispositivos de que se trate estas tiendas persiguen una finalidad idéntica, en referencia a poner en contacto a los desarrolladores de aplicaciones con los usuarios finales para facilitar la distribución de aplicaciones informáticas.
Las diferencias invocadas por Apple para sostener que cada una de estas tiendas constituía un servicio básico de plataforma distinto, de modo que solo la tienda de aplicaciones iOS App Store alcanzaba los umbrales exigidos para la designación como guardián de acceso, se refieren principalmente a las características propias de los dispositivos utilizados y no justifican la distinción entre varios servicios básicos de plataforma, concluye el Tribunal europeo.
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APPLE CRITICA LA DMA: "VA MÁS ALLÁ DE LO LEGAL"
En comunicado posterior a la sentencia, la compañía norteamericana ha reaccionado arremetiendo contra la legislación comunitaria y afirmado que la DMA "va más allá de lo legal y proporcionado".
En este sentido, defienden que esta nueva ley europea "amenaza con erosionar décadas de protecciones de privacidad y seguridad" desarrollada por la compañía con sus políticas y deja a los usuarios de sus servicios y dispositivos "vulnerables ante nuevos riesgos". "Seguiremos defendiendo la innovación y la privacidad que nuestros clientes europeos merecen", concluye el comunicado.
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