
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha determinado este jueves que la inmovilización de bienes y empresas vinculadas a personas sancionadas por la invasión rusa de Ucrania es compatible con el Derecho comunitario, incluso cuando dichos activos estén ocultos bajo entramados financieros o fideicomisos, también conocidos en inglés como 'trusts'.
El alto tribunal de la UE ha dictaminado que los Estados miembro pueden congelar estos recursos si se demuestra que, en la práctica, el sancionado mantiene un "poder de hecho" o una influencia real sobre ellos, cerrando así la puerta a que se utilicen estructuras jurídicas complejas en paraísos fiscales para eludir las sanciones internacionales.
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La máxima instancia judicial de la Unión responde así a tres cuestiones prejudiciales planteadas por un tribunal italiano que debía resolver los recursos de varias sociedades y del propietario del yate de lujo 'Sailing', cuyos activos habían sido inmovilizados por las autoridades de ese país al considerar que pertenecían a magnates rusos sancionados en 2022.
Las defensas de estas empresas alegaron que las personas sujetas a las sanciones no tenían ninguna facultad de gestión o disposición legal sobre los bienes, ya que estos se encontraban bajo la titularidad de fideicomisos ('trusts') controlados por gestores independientes en Bermudas y Suiza.
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Además, argumentaron que las cláusulas de estas estructuras excluían explícitamente cualquier transferencia en beneficio de los sancionados, por lo que sobre el papel los bienes no eran de los magnates rusos, sino de los 'trusts'.
Sin embargo, el TJUE ha aclarado en su sentencia que los conceptos de "propiedad" y "control" deben interpretarse "en el sentido de que abarcan cualquier forma de poder o de influencia ejercida sobre esos bienes, incluso sin que exista un vínculo jurídico directo con ellos".
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Para dotar de eficacia a las medidas restrictivas y evitar la evasión de las mismas, el TJUE ha destacado que los jueces nacionales pueden deducir la existencia de este control real tanto de las "circunstancias de hecho" como de la presencia de "estructuras jurídicas innecesariamente complejas".
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