Condenado en Valladolid a 11 años de prisión por agresión sexual continuada sobre su pareja, de 13

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La Audiencia Provincial de Valladolid ha condenado a un joven de nacionalidad venezolana, de 27 años, a una pena de once años y un día de prisión como autor de un delito continuado de agresión sexual con acceso carnal sobre su pareja sentimental, de la misma nacionalidad y de 13 años.

La sentencia de la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Provincial considera probado que el acusado mantuvo una relación sentimental con la víctima en cuyo transcurso tuvieron relaciones sexuales con penetración en al menos dos ocasiones durante el verano de 2024, tanto el 29 de julio en un lugar público no concretado como el 9 de septiembre, cuando mantuvieron nuevamente relaciones sexuales con penetración por vía vaginal en la habitación del agresor y éste realizó a ella un "chupetón" en los pechos.

Los magistrados fundamentan el fallo en la credibilidad del testimonio de la menor y en pruebas objetivas determinantes, como dos grabaciones de vídeo en las que se identifica a ambos y los informes biológicos del Instituto Nacional de Toxicología.

El tribunal ha rechazado la tesis de la defensa sobre el desconocimiento de la edad de la joven, señalando que el acusado se situó en una "ignorancia deliberada" pese a que la víctima le informó de su edad desde que se conocieron en un colegio de Valladolid, según la información del Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León recogida por Europa Press.

Además de la pena de cárcel, el fallo ha impuesto al condenado la prohibición de aproximarse a menos de 200 metros de la víctima, de su domicilio o lugar de estudios, así como de comunicarse con ella por cualquier medio durante un periodo de 14 años.

Además, deberá cumplir seis años de libertad vigilada una vez finalizada la condena privativa de libertad y ha sido inhabilitado para cualquier oficio o actividad que conlleve contacto directo con menores de edad por un tiempo de seis años superior a la pena de prisión.

En concepto de responsabilidad civil, la Audiencia ha determinado que el procesado deberá indemnizar al Servicio de Salud de Castilla y León (SACYL) por la asistencia sanitaria prestada a la menor tras activarse el protocolo de agresiones sexuales en septiembre de 2024. Por su parte, tanto la víctima como su madre han renunciado expresamente al ejercicio de acciones legales y a reclamar indemnizaciones económicas personales, según consta en los hechos probados de la resolución judicial.