El Supremo rechaza revocar la eutanasia a una joven de Barcelona y el padre recurrirá al TC

Los magistrados han considerado válidas las evaluaciones médicas y forenses que respaldan la aptitud plena de la afectada para solicitar ayuda para morir, mientras los representantes legales del padre intentarán frenar la decisión en instancias superiores

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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) había determinado en septiembre de 2025 que la familia de la joven barcelonesa tenía facultad para recurrir a la vía judicial con la intención de oponerse a la concesión de la eutanasia, aunque ya entonces reconoció que los informes médicos coincidían en que la solicitante cumplía con los requisitos para acceder al procedimiento. La decisión, reportada por Europa Press, se produjo luego de que el Tribunal Supremo resolviera rechazar el recurso de casación presentado por el padre de la joven, quien buscaba revocar la autorización otorgada para la muerte asistida.

El auto consultado por Europa Press detalla que la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo desestimó la petición del progenitor debido a la falta de fundamentación suficiente para acreditar el interés casacional objetivo necesario para establecer jurisprudencia. El Supremo explicó que los argumentos presentados por el padre no demostraron que se diera alguno de los supuestos previstos por ley que permitan admitir un recurso de estas características y subrayó la congruencia de las valoraciones realizadas por los peritos médicos y forenses.

En el expediente judicial constan informes médicos, informes forenses y las declaraciones de varios expertos, los cuales coinciden en que la joven conserva íntegramente sus capacidades para tomar decisiones sobre su vida. Según el Supremo, la interesada sostiene su petición de recibir la eutanasia desde abril de 2024 y no se han aportado elementos que permita poner en duda la continuidad ni la firmeza de esa decisión.

Entre los argumentos que el padre fundamentó en el recurso, figuraban referencias a posibles patologías psiquiátricas de su hija. Sin embargo, el Supremo consideró que tales afirmaciones carecían de apoyo técnico a través de pruebas o dictámenes médicos especializados que respaldaran la falta de aptitud para solicitar la muerte asistida. Por este motivo, el tribunal sentenció que las alegaciones no tenían la solidez necesaria para contrarrestar los informes médicos incorporados al caso ni para justificar una revocación de la eutanasia ya aprobada.

Ante la decisión del Supremo, la Fundación Española de Abogados Cristianos, representante del padre, confirmó que presentará un nuevo recurso, esta vez ante el Tribunal Constitucional. El colectivo anunció, según Europa Press, su disposición para acudir a la justicia europea "si es necesario", en referencia al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo. Como argumento principal en el anuncio del recurso, la organización expresó que la resolución del Supremo se enmarca en la tendencia, según su percepción, de desestimar recursos contrarios a "la ideología del gobierno" en materias relacionadas con la vida, la familia y la libertad religiosa.

Durante el proceso, los representantes legales del padre intentaron cuestionar la plenitud de las capacidades de la solicitante, insistiendo en la existencia de condiciones psiquiátricas que, a su juicio, invalidarían el consentimiento informado necesario para solicitar la eutanasia. Sin embargo, como detalló Europa Press, los peritajes judiciales y los dictámenes forenses concluyeron que la joven, quien padece una lesión medular, cumple todos los criterios establecidos en la normativa vigente para acceder a la ayuda para morir.

El caso ha generado debate sobre los términos en los que pueden intervenir familiares y representantes legales en los procedimientos de eutanasia, así como sobre los límites de las garantías jurídicas para proteger tanto la autonomía individual como el derecho a la vida. En este contexto, la decisión del Supremo se suma a una jurisprudencia que, de acuerdo con lo informado por Europa Press, pone de relieve el peso específico de las evaluaciones médicas y la consistencia de los deseos de la persona solicitante como criterios principales en la resolución de estos expedientes.

La suspensión cautelar de la eutanasia, lograda por la familia en instancias anteriores, había fijado un compás de espera hasta la resolución del Tribunal Supremo. Ahora, tras la inadmisión del recurso de casación, los representantes del padre exploran vías suplementarias en el ámbito constitucional y, eventualmente, europeo. Europa Press precisó que el nuevo recurso ante el Tribunal Constitucional buscará reabrir la discusión sobre la interpretación de los requisitos para conceder la muerte asistida, mientras que los informes judiciales continúan validando la decisión inicial de los órganos médicos y judiciales.

El caso continúa abierto, a la espera de las eventuales decisiones del Tribunal Constitucional o, en última instancia, de tribunales internacionales, en un procedimiento en el que, según todos los informes médicos y resoluciones judiciales recabados hasta la fecha y reseñados por Europa Press, la solicitante ha mostrado de forma sostenida y documentada su voluntad de acogerse a la Ley de Eutanasia.

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