Tribunal portugués considera prescrito proceso a once bancos condenados a multa millonaria

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Lisboa, 10 feb (EFE).- El Tribunal de Apelación de Lisboa ha considerado prescrito el proceso en el que 11 bancos portugueses, entre ellos las filiales de BBVA, Santander y CaixaBank, fueron condenados a pagar multas por un importe total de 225 millones de euros, informó este lunes la prensa lusa.

La mayoría de los jueces del tribunal, ya que no fue una decisión unánime, consideraron que el pasado septiembre, cuando el Tribunal de la Competencia decidió mantener las multas para los 11 bancos que apelaron, los autos ya habían prescrito, informó la Justicia en un comunicado publicado por la prensa local.

A su juicio, la prescripción ocurrió "el pasado día 1 de septiembre de 2023 o, en el límite, aplicando las denominadas leyes Covid-19, en 11 de febrero de 2024", añade la nota.

La sentencia es de este 10 de febrero, y estipula que el caso debe archivarse.

Esta decisión no marca el final del proceso, ya que todavía puede ser recurrida por otras entidades, como la Autoridad de la Competencia lusa.

El proceso se remonta a hechos que tuvieron lugar entre 2002 y 2013, cuando las entidades multadas "intercambiaron información sensible" sobre su oferta de crédito hipotecario, al consumo y a empresas, según la Autoridad de la Competencia lusa, que consideró que esto eliminaba "la presión competitiva".

Las sanciones fueron inicialmente aplicadas en 2019 por esa misma entidad, que ascendían a casi 225 millones de euros.

En concreto, los bancos afectados fueron la Caixa Geral de Depósitos (82 millones), el BCP (60 millones), el Santander (35,6 millones), el BPI (controlado por el CaixaBank, 30 millones), el Montepio (13 millones) y el BBVA (2,5 millones).

También fueron condenados el antiguo BES (700.000 euros), el BIC (500.000 euros), Caixa Agrícola (350.000 euros) y la Unión de Créditos Inmobiliarios (350.000 euros); mientras que el Barclays fue condenado con una amonestación en vez de con una multa porque denunció el caso a Competencia y colaboró con la justicia.

El proceso pasó por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que el pasado julio declaró que el intercambio de información entre las entidades puede ser considerado una práctica contraria a las normas comunitarias y abrió la puerta a que se mantuviesen las sanciones. EFE

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