
Madrid, 23 feb (EFE).- El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) considera que la suspensión del Comité Olímpico Ruso (ROC) por parte del COI "no vulneró los principios de legalidad, igualdad, previsibilidad o proporcionalidad", por lo que da por buena la decisión del organismo internacional y mantiene la sanción.
La máxima instancia deportiva arbitral informó este viernes del rechazo del recurso presentado por el ROC, tras la suspensión decidida por la Ejecutiva del COI el 12 de octubre de 2023.
El Comité Olímpico Internacional (COI) tomó esta medida sancionadora después de que el comité ruso incluyera "de forma unilateral" entre sus miembros a algunas organizaciones deportivas regionales que están bajo la autoridad del Comité Olímpico de Ucrania.
En concreto, tomó el control de organizaciones deportivas de Donetsk, Jersón, Lugansk y Zaporiya, lo que a juicio del COI constituía una violación de la Carta Olímpica por romper "la integridad territorial del Comité de Ucrania".
El ROC presentó un recurso ante el TAS para pedir la restitución de sus funciones y seguir beneficiándose "de todos los derechos y prerrogativas otorgados por la Carta Olímpica".
La decisión del TAS de rechazar el recurso y mantener la sanción "es definitiva y vinculante, con excepción del derecho de las partes a interponer un recurso ante el Tribunal Federal Suizo en un plazo de 30 días", apuntó el tribunal.
La suspensión implica la pérdida de reconocimiento del ROC y la imposibilidad de recibir fondos del Movimiento Olímpico.
Cuando aprobó la sanción, el COI se reservó el derecho de tomar cualquier decisión futura sobre la participación de los deportistas rusos en los Juegos Olímpicos de París. A día de hoy, aquellos deportistas que cumplen ciertas condiciones -no pertenecer al ejército, no haber apoyado la invasión de Ucrania- toman parte en los torneos clasificatorios para los Juegos de París 2024, pero solo en disciplinas individuales y sin sus símbolos nacionales, bajo la denominación de 'Deportistas Neutrales Individuales'.
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