
Quito, 6 nov (EFE).- La ley que prohíbe los plásticos de un solo uso en Ecuador podría entrar en vigor en el plazo de dos meses, después de haber sido aprobada por la Asamblea Nacional, indicó este viernes a Efe la legisladora Gabriela Larreátegui.
El Parlamento ecuatoriano aprobó el jueves la legislación, que pone coto a la fabricación, importación, distribución y comercialización de materiales plásticos de único uso, que se aplicará de manera gradual.
"La ley entra en vigor cuando esté en el registro oficial, desde ahí empezarán los plazos y esperamos que esté lista en dos meses", comentó la asambleísta del partido liberal centrista SUMA.
Con ella se prohíbe la fabricación, dispendio y venta de artículos como bolsas o fundas hechas de material plástico, envases desechables y fabricados con poliestireno expandido, extruido o en espuma, sorbetes, agitadores, cubiertos, tarrinas, vasos, tapas y platos desechables y de material plástico, además de botellas plásticas fabricadas de PET.
"El plan es que se vaya implementando progresivamente, obviamente hay excepciones como el plástico de un solo uso que se utiliza en hospitales, en esos casos no aplica", precisó la legisladora.
Las bolsas de plástico tienen un plazo de 48 meses, cuando deberán estar elaboradas en un 60 % de material reciclado, mientras que vasos, botellas y demás envases deberán tener un 30 % de material reusable.
"La presente ley tiene por objeto establecer el marco legal para regular la generación de residuos plásticos, la reducción progresiva de plásticos de un solo uso, mediante el uso y consumo responsable, la reutilización y el reciclaje de los residuos", reza el articulado de la legislación, según publicó oficialmente la Asamblea Nacional.
Precisa que se busca, cuando sea posible, el reemplazo del material plástico por otros envases y productos fabricados con material reciclado o biodegradable con una huella de carbono menor al producto al que sustituye, "para contribuir al cuidado de la salud y el ambiente".
Y dictamina que la aplicación de la norma se realizará de forma progresiva y establece plazos al finalizar cada año, estipulando que en los doce primeros meses estará prohibida la comercialización y uso de bolsas o envases para bebidas y alientos de consumo humano, así como envoltorios de un solo uso para la entrega de publicidad, periódicos, revistas y publicidad dirigida a consumidores.
También fija sanciones económicas de entre 400 y 80.000 dólares para los infractores de la ley.
Uno de los artículos aborda el fomento para la investigación sobre alternativas de uso de plásticos, que califica de "prioridad del Estado", e incentiva el estudio de programas en este campo en el seno de proyectos de educación superior.
Ecuador se suma con esta legislación a varios países de la región que han adoptado leyes similares como Uruguay y Costa Rica, que lo hicieron en 2019, Perú en 2018 y Chile en 2017, mientras que en Colombia este año un proyecto legislativo similar no prosperó y se espera que sea presentado para su análisis la próxima legislatura.
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