El contratista Horacio Fernando González pasó el último día de su vieja vida justo donde quería: en su casa. "Presentó un certificado médico; supuestamente sufre de presión alta", dijo una fuente cercana al Tribunal Oral IV de La Plata, integrado por los jueces Bruni, Alegre y Tártara y encargado de juzgarlo. "¿Tiene una condición cardíaca previa, algo que le impida asistir?", fue una repregunta obvia. La fuente en el Tribunal torció los labios con algo de desapruebo: "Digamos que González tiene presión alta".
La silla de cuero viejo que le correspondía en la Sala B de los tribunales platenses de la calle 8 y 57, ubicada entre el abogado defensor Fabián Musto y la fiscal de juicio Claudia Cendoya, quedó vacía. No hacía falta su presencia, de todas formas, para que el Tribunal Oral IV lo sentencie como asesino a ocho años de cárcel tal como lo pidió la fiscal Cendoya en un fallo inédito en la jurisprudencia argentina. "Homicidio simple cometido dolo eventual" fue el cargo final. Pero González mismo no fue quien mató: fue su perro, uno de ocho pitbulls.
El 29 de mayo de 2014 por la tarde, sobre la calle Bonpland al 900 en la localidad bonaerense de Alejandro Korn, González increíblemente ató al pitbull –que no era propiedad del hombre según el Tribunal IV, pero que estaba a su cuidado– al volante de un Fiat 147 abandonado sobre la vereda de su casa con una soga de un metro y medio, sin bozal y con la puerta abierta, lo que le permitía al animal, con fama de incontrolable y sanguinario en el barrio, moverse sin problemas. Santiago Alejandro Veer, un chico de dos años que vivía en la cuadra, se acercó demasiado. El perro lo desgarró hasta dejarlo al borde de la muerte, que fue pronunciada en el hospital San Vicente.
La autopsia reveló que el fallecimiento de Santiago "se produjo por un shock hipovolémico y un traumatismo grave de cráneo originado en heridas desgarrantes que comprometieron elementos vasculares y centros respiratorios a posteriori", aseguró el fallo del Tribunal IV al que Infobae accedió en forma completa. Hubo más de una decena de cortes profundos, incluido uno en el cuello. González, entonces, resolvió matar a puñaladas al perro, algo que no sirvió de mucho. Dejó Alejandro Korn al poco tiempo, para instalarse en Brandsen.
Leonardo Veer y Gabriela Pacheco, los padres de Santiago, presenciaron la lectura del veredicto. Lloraron de inmediato. "No me puedo borrar la cara de mi nene ensangrentado. Se le advirtió a González que su perro era peligroso. Lo único que supo era dar insultos. Desde esa vez, nunca más supimos de él. No se acercó ni para el velatorio de mi nene, que quedó con la cara destrozada. González no está acá porque es un cobarde", aseguró.
La pena de 8 años garantiza, por otra parte, un cumplimiento efectivo. Con el llanto de los padres de Santiago todavía tibio, Fabián Musto, el defensor de González, anunció que comenzaría de inmediato los recursos de apelación ante Casación para que la sentencia quede en suspenso. "Fallos como este son fallos mediáticos. Ensucian un poquito. Entiendo a la familia, buscan este tipo de revancha, de tipo sentimental. No le corresponde a mi cliente el cargo de homicidio simple. Ya se había planteado. La Cámara de Garantías nos dio una revocación de fallo y llegué con la expectativa de que un tribunal superior me diera la razón no solo a mí, sino también a la Justicia. Voy a interponer una impugnación", aseguró Musto, que espera que mañana su cliente firme en el Juzgado. "Tenemos las vías para lograr algún tipo de éxito", concluyó.
Que mate un perro y su amo sea condenado por asesino es, precisamente, la novedad. La figura fue propuesta por la fiscal Cendoya; la existencia de un hecho culposo implica fuga, esquivar la pena. En este caso, González le hizo frente a la situación. ¿Qué fundamentó, entonces, la decisión del TOC IV? El juez Alegre, presidente del Tribunal, lo consideró un homicidio simple. No fue una cuestión doctrinaria para Alegre: se trató de ver la realidad. "Aclaro que la respuesta al interrogante acerca de la subsunción dolosa o imprudente de la conducta atribuida al imputado que aquí se brindará no será adoptada a partir de una particular elección teórica... sino fundamentalmente de una consideración reflexiva de las particularísimas circunstancias que rodearon a este caso y a su autor", afirmó en el fallo el magistrado.
Es decir, González mismo había declarado en la causa que "es peligroso atarlo con soga porque esos perros la mastican...". También, que "jamás até un perro ahí porque yo sabía que esto podía pasar".
González, aseguró el Tribunal, desoyó denuncias, incluso al menos una formulada en la comisaría local que quedó archivada y varios pedidos de sus vecinos. "No 'dar bolilla', insultar, cortar el diálogo y continuar teniendo a los perros en las mismas condiciones es el resumen de la actitud indiferente que el imputado adoptó frente a lo que constituyó un verdadero final anunciado", continuó Alegre.
"El imputado conocía que había niños que usaban para jugar el automóvil parado en la puerta de su domicilio", fue otro ítem valorado en la lista. En síntesis, "conocía el peligro que representaba el comportamiento emprendido al dejar al animal atado al vehículo en las condiciones que lo hizo", siguió el juez.
"Desaprensiva", fue otro adjetivo que eligió Alegre para definir la actitud de González. Lo justifica con un pasaje en la declaración de Gabriela Pacheco, la madre de Santiago, que es al menos escalofriante. Pacheco, que vio a su hijo moribundo segundos después del ataque tras escuchar gritos, aseguró: "Al escuchar los gritos, salió mi tío Hugo Savona con una escopeta y González se puso enfrente del perro, con el bebé a upa, y le dijo 'si matás al perro, vas a tener problemas conmigo'".
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