El Tribunal Supremo (TS) alemán marcó ese límite al ratificar fallos anteriores, que también se aplica a redes como LinkedIn.
Concretamente, declaró ilegal la función de Facebook por medio de la cual, tras importar sus contactos de correo electrónico a su perfil de esa red social, un usuario envía automáticamente mensajes de invitación a unirse a la misma.
Los jueces declararon esa práctica como acoso publicitario, puesto que la publicidad por correo electrónico sólo está permitida en Alemania en caso de que el receptor de la misma se haya declarado dispuesto a recibirla.
Según el TS, no hay diferencia si como remitente del e-mail aparece Facebook o el usuario.
Facebook declaró que estudiaría la sentencia y aseguró que en sus nuevas versiones esa función ya no existe.
La sentencia se produce tras una demanda de la Central de Protección del Consumidor en la que aseguraba que con los correos de invitación Facebook intentaba ante todo atraer gente a esa red social destacando sus servicios, por lo que la práctica responde ante todo a los intereses de negocios del consorcio.
Los abogados de Facebook sostienen que sólo se trataba de poner a disposición del usuario una plataforma técnica para optimizar su red de contactos.
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