El Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI) fue oficializado este martes en el Boletín Oficial a través de la Resolución General 3823 de la AFIP. El texto –que lleva la firma del titular de la entidad, Alberto Abad– pone como principal objetivo del nuevo mecanismo alentar "la competitividad y la facilitación del comercio exterior, sin perder de vista, los controles y la gestión de riesgo sobre las mercaderías".
La medida establece que las declaraciones que se realicen a través del nuevo sistema "tendrán un plazo de validez de 180 días corridos, contados a partir de la fecha de su aprobación", mientras que los organismos responsables del control "deberán pronunciarse en un lapso no mayor a 10 días". "No obstante ello, los plazos podrán ampliarse en aquellos casos en que la competencia específica del organismo adherente así lo amerite", aclara el artículo quinto.
El mecanismo aplica sólo para empresas, sociedades y grandes importadores. Aún es incierto cómo y cuándo el gobierno nacional modificará los controles de Aduana para aquellos particulares que deseen traer libros, ropa u otros objetos para consumo personal desde el exterior.
Las DJAI que ya estén en trámite mantienen su vigencia
El SIMI fue anunciado la semana pasada por el ministro de Producción, Francisco Cabrera, durante el coloquio organizado por la Unión Industrial Argentina (UIA) en Parque Norte, Ciudad de Buenos Aires.
"Vamos a ir hacia un Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones, que básicamente es ir a un mecanismo simple de licencias automáticas y no automáticas", explicó el funcionario. Funcionará como reemplazo del actual Declaraciones Juradas Anticipadas de Importación (DJAI) ideado por el kirchnerismo y duramente cuestionado por los empresarios por la discrecionalidad utilizada para las aprobaciones.
El nuevo sistema entrará en vigencia a partir de este miércoles 23 de diciembre. Para utilizarlo, habrá que ingresar al micrositio "Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI)" que será cargado en las próximas horas en la web de la AFIP (http://www.afip.gob.ar).
De todas formas, las DJAI que hayan sido tramitadas con anterioridad no serán suspendidas ni pasarán al nuevo sistema, sino que "mantienen su vigencia", según informa el artículo 11 de la Resolución General.
La resolución de la AFIP
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