Confirman la absolución de De la Rúa y los otros acusados en el caso de coimas en el Senado

el tribunal rechazó las apelaciones de la Fiscalía y la Oficina Anticorrupción

Compartir
Compartir articulo
 Télam 162
Télam 162

La Cámara Federal de Casación confirmó hoy la absolución del ex presidente Fernando de la Rúa y del resto de los acusados en la causa por el pago de sobornos a senadores de la Nación para la aprobación de abril de 2000 de la ley de reforma laboral.

La Sala I de Casación rechazó las apelaciones de la Fiscalía y de la querella de la Oficina Anticorrupción que objetaron el fallo del Tribunal Oral Federal 3 que en diciembre de 2013 absolvió a los acusados.

Junto con De la Rúa, Casación también ratificó las absoluciones de ex jefe de la SIDE ex Fernando de Santibañes; del ex ministro de Trabajo Alberto Flamarique –a quien en el juicio la Fiscalía y la querella no acusaron–; de los ex senadores del Partido Justicialista Alberto Tell, Remo Constanzo, Ricardo Branda y Augusto Alasino; y de Mario Pontaquarto, ex secretario parlamentario del Senado quien fue el arrepentido del caso y reveló que la fue la persona que entregó las coimas.

os jueces Ana María Figueroa y Norberto Frontini coincidieron con el Tribunal Oral que los dichos de Pontaquarto no se sustentan con otras pruebas para confirmaron los hechos y que por lo tanto no se le puede dar crédito.


Los magistrados no descartaron que los hechos no hayan existido pero ningún elemento en la causa sostiene que los sobornos hayan existido y por lo tanto debe aplicarse el beneficio de la duda para los acusados.


"Lo expuesto me lleva a afirmar la presencia de un estado de duda incompatible para arribar a un juicio de incriminación penal, para lo cual es necesario demostrar la responsabilidad del enjuiciado en los hechos imputados con suficientes pruebas contestes e indubitables, que ponderadas en conjunto conduzcan de manera inequívoca a dicha conclusión", sostuvo la jueza Figueroa en su voto, con el que coincidió Frontini, en el fallo al que accedió Infobae.


Por su parte, el juez Mariano Borinsky rechazó las apelaciones por falta de fundamentación.

La causa por los sobornos en el Senado se inició por la declaración como arrepentido de Pontaquarto.


El ex secretario parlamentario del Senado dijo que en una reunión en Casa Rosada con senadores peronistas, De la Rúa había dado la orden de pagar los sobornos que los legisladores pedían para aprobar la ley de reforma laboral y que de eso se iba a ocupar De Santibañes.


Según Pontaquarto, retiró de la ex SIDE dos valijas con cinco millones de pesos que la noche que el Senado aprobó la ley, el 26 de abril de 2000, entregó en el departamento de Recoleta del entonces senador peronista Emilio Cantarero.


Pontaquarto dijo que Cantarero esperaba al resto de los senadores para repartir el dinero y que en un papel tenía anotado el nombre de cada legislador con el monto de dinero que le correspondía.

"Para los senadores tengo la Banelco", dijo el líder sindical Hugo Moyano, quien se oponía a la ley, que le escuchó decir a Flamarique en una cena cuando le advirtieron al entonces ministro de Trabajo que en el Senado el peronismo se iba a oponer a la reforma laboral.


Los jueces del Tribunal Oral Federal 3, Miguel Pons, Fernando Ramírez y Guillermo Gordo, absolvieron en diciembre de 2013 a todos los acusados por consideran que los hechos no existieron.

El Tribunal calificó de "embaucador" a Pontaquarto por sus dichos que no tuvieron una "una mínima corroboración" con la realidad, además de criticar la actuación de Daniel Rafecas, el último de los jueces que investigó el caso y lo elevó a juicio, a quien denunciaron en el Consejo de la Magistratura, que luego rechazó iniciarle un juicio político.


La fiscal del juicio, Sabrina Namer, había pedido seis años de cárcel para De la Rúa, De Santibañes, Alasino, Tell y Costanzo por el delito de cohecho agravado, y un año y medio en suspenso para Pontaquarto.


Por su parte, la OA había solicitado seis años y seis meses de prisión para Fernando de la Rúa y De Santibañes; cinco años y seis meses de prisión y una multa de 90 mil pesos para Tell, Constanzo y Alasino; y un año en suspenso para Pontaquarto.


Para los magistrados Figueroa y Frontini las apelaciones a Casación de la Fiscalía y la OA "sólo manifestaron su disconformidad" con las absoluciones del Tribunal Oral "sin demostrar con contundencia crítica cuáles son las disposiciones procesales que resultaron inobservadas o quebrantadas".