Un fallo de la justicia porteña ordenó al gobierno de la Ciudad a demoler cinco de los ocho pisos de un edificio casi terminado en Belgrano, construido por una empresa que recibió un permiso de los funcionarios para exceder la altura permitida, informó el Observatorio del Derecho a la Ciudad.
"La sentencia es inédita porque esta vez la Justicia obliga no a un privado sino al mismo gobierno de la
a
: dar permiso para realizar una construcción por encima de la altura permitida para la zona", dijo Jonatan Baldiviezo, integrante del Observatorio y patrocinante de familias de edificios linderos.
El fallo lo dictó el 23 de junio último el titular del Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario 10, Aurelio Ammirato, en respuesta al recurso de amparo presentado por residentes de propiedades contiguas a la que la empresa Tizado levantó en Cramer 3151/3155.
El problema comenzó cuando esos vecinos "detectaron que allí se estaba construyendo un edificio de departamentos con una altura casi tres veces superior a la permitida por el Código de Planeamiento Urbano para esa zona -el distrito R2B1-, perjudicando la ventilación e iluminación de sus viviendas", detalló la entidad a través de un comunicado.
Según Baldiviezo, "no es la primera vez que el gobierno porteño tiene una mirada flexible y permisiva" sobre la aplicación de esas normas "que termina beneficiando a las constructoras".
"Lo que es novedoso y representa un paso adelante en la defensa de los derechos de los vecinos es que la justicia esta vez ordenó al gobierno hacerse cargo de la ilegalidad que cometió, decisión que sabremos en las próximas horas si será apelada", señaló el abogado, integrante además de la ONG SOS Caballito, que se opone a la construcción indiscriminada de rascacielos en ese barrio.
Desde el gobierno porteño adelantaron que apelarán la medida. Según informó el diario Clarín, la Procuración de la Ciudad elabora un descargo para dar su punto de vista acerca de la disposición que dio vía libre al proyecto.
El informe del Observatorio dice que la empresa primero "había presentado planos que respetaban la altura establecida", que es de tres pisos con una superficie de 971,55 metros cuadrados, pero fue autorizada luego a un "enrase o completamiento de tejido" que llevaron el edificio a casi el doble: ocho pisos con una superficie de 1.806,76 metros cuadrados.
El enrase, explicó SOS Caballito, "es una excepción que autoriza a construir por arriba de la altura permitida en un distrito pero exige como condición que las edificaciones linderas superen los 15 metros".
"El fundamento es que al existir un inmueble entre dos edificios de más de 15 metros, resulta irrazonable que no se permita construir hasta ese nivel porque la zonificación del lugar sólo permite una altura inferior a los edificios linderos".
Pero según Baldiviezo, "esa interpretación le ha servido al gobierno porteño para habilitar construcciones con alturas excesivas, un mecanismo frecuente utilizado por la Dirección General de Interpretación Urbanística para burlar los límites que establece el Código de Planeamiento".
En este caso, la sentencia de Ammirato reconoció que el recaudo de que ambas edificaciones linderas superen los 15 metros se cumple con respecto a una, que tiene unos 28, pero no con respecto a la otra, de 7 metros.
El juez hizo lugar a la acción de amparo y declaró "la nulidad de la Disposición N° 977/DGIUR/201", por la que se autorizó el inicio de las obras, y ordenó al gobierno porteño "determinar la modalidad en que deberá llevarse a cabo la readecuación del proyecto" para "dar debido cumplimiento a la totalidad de las disposiciones legales vigentes".
Para los abogados del Observatorio, las autoridades metropolitanas deberían "investigar a los funcionarios responsables de otorgar autorizaciones ilegales que afectan el ambiente urbano y la calidad de vida de miles de familias".
Por lo pronto, no se realizarán demoliciones hasta que la Justicia resuelva las apelaciones.
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