En los últimos días, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio a conocer las valuaciones que deberán tener en cuenta los contribuyentes alcanzados por Bienes Personales, correspondiente al período fiscal 2014. La Resolución General 3741, publicada el martes en el Boletín Oficial, fija los valores de los vehículos, las cotizaciones de las acciones y fondos comunes de inversión y de la moneda extranjera, entre otras tenencias.
Este conocido "impuesto a la riqueza", creado en 1991 y que alcanza a las personas cuyos bienes superen, en conjunto, los 305 mil pesos al 31 de diciembre pasado, no se modifica desde 2007. Por eso, aunque en términos reales dispongan de los mismos o incluso de menos bienes o activos, más gente estará alcanzada por este tributo como consecuencia de la doble vara de ajustar las bases imponibles del impuesto y seguir dejando sin cambios el mínimo exento y las escalas.
A esto hay que sumarle, por ejemplo, las distorsiones producto de la diferencia en los criterios de valuación de los inmuebles, adquiridos en años distintos. Lo mismo ocurre con el impuesto a las Ganancias y el mínimo no imponible, demás deducciones y escalas totalmente desactualizadas. A las claras esto explica, entre otros factores, que la recaudación venga batiendo récords año a año.
Según los expertos, se calcula que todos los años unos 100.000 nuevos contribuyentes pasan a estar alcanzados por este tributo y para este año se estima que más de un millón de personas deberán presentar la Declaración Jurada. El año pasado, la AFIP recaudó 100% más que en 2012 pero no porque haya más "riqueza" sino por la incidencia de la inflación con topes congelados.
En Uruguay, por ejemplo, un patrimonio paga impuestos cuando sus bienes superan los 500 mil dólares. Por eso, si el impuesto se hubiese ajustado por la inflación real, hoy el piso debería rondar el 1.300.000 de pesos. Y buena parte de los que están alcanzados por este tributo quedarían exentos y los restantes pagarían mucho menos. El impuesto tiene unas alícuotas que van del 0,5 al 1,25%.
En 2007 se introdujo otro cambio porque se fijó que quienes poseían activos por encima de los $305.000, pagaban el impuesto sobre la totalidad del patrimonio declarado, y no sobre el excedente de esa cifra. Por ejemplo, quienes hoy declaren 500.000 pesos, pagarán el 0,5% o 2.500 pesos. Con el criterio anterior, 975 pesos porque la alícuota del 0,5% se calcularía sobre la diferencia entre 500.000 y 305.000 (60% menos).
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