Marcelo Diez sufrió un accidente en su moto el 23 de octubre de 1994, cuando tenía 30 años, y le ocasionó "un traumatismo encéfalo craneano severo, politraumatismos graves y epilepsia post-traumática" por los que debió ser sometido a "diversas intervenciones quirúrgicas y tratamientos médicos" hasta que, al año siguiente "se le diagnosticó estado vegetativo persistente".
Su cuerpo y consciencia quedaron prácticamente paralizados. El insistente pedido de sus hermanas para que lo desconecten recibió el apoyo de la Procuraduría General de la Nación, que ayer convalidó el pedido basándose en el derecho a la "autonomía personal". Sin embargo tiene como contrapartida la oposición de la Iglesia y el ministerio de Salud de la provincia.
El accidente que dejó a Marcelo en estado vegetativo sucedió en la ruta 22, en Neuquén. Tenía entonces 30 años y era contador. Sus hobbies eran el ski, la natación, y la pesca. También le gustaba escalar y hacer trekking. La familia Diez insiste en que lo dejen partir de una vez.
En 2011, los comités de bioética de la Sociedad Argentina de Terapia Intensiva, del Incucai y del Ministerio de Salud de Neuquén afirmaron que su estado es "irreversible". Cuando en 2012 se sancionó la ley nacional de Derechos del Paciente, que contempla la muerte digna, los Diez creyeron que todo había terminado. Ante ese cuadro las hermanas pidieron "el retiro, cese y abstención de todas las medidas de soporte vital que lo mantienen con vida en forma artificial: tanto los tratamientos terapéuticos que se le proveen ante sus complicaciones de salud como la alimentación e hidratación enteral", y ante la negativa de los médicos, efectuaron el planteo judicial.
A pesar de que el Tribunal Superior de Justicia de Neuquén aceptó el pedido, el curador designado para el juicio y el representante del Ministerio Público de Incapaces interpusieron recursos extraordinarios. La Iglesia hizo lo suyo oponiéndose a la desconexión de Marcelo, argumentando que "está vivo".
La Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, destacó ayer que la ley 26.742, sancionada en 2012 "recepta el derecho del paciente a aceptar o rechazar determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos, con o sin expresión de causa, como así también a revocar posteriormente su manifestación de voluntad". Tanto si el paciente decide por sí mismo como si deciden sus representantes, "lo determinante es que sus propias preferencias guían la adopción de decisiones acerca de su salud", sostiene Gils Carbó.
Y detalló que de las constancias de la causa surge que desde 1994 no hubo progresos en la salud de Marcelo Diez "que continúa sin mostrar signos de consciencia de sí mismo o del mundo exterior, lo que caracteriza al estado vegetativo" y basó su afirmación en las pericias de los forenses y resultados de resonancia nuclear magnética que señalan que "el daño cerebral es irreversible".
Ayer, luego de la pronunciación de la Procuraduría, el obispo de Neuquén, monseñor Virginio Bressanelli, opinó que retirar los soportes vitales implica retirar la alimentación, y que eso equivale a un asesinato. Por su parte, el Ministro de Salud de la provincia, Rubén Butigué, señaló ayer que "ningún" médico va a asumir la responsabilidad de dejar de proveer de alimentación y agua a Marcelo Diez.
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