Habrá mayores facilidades para el pago de infracciones. Así lo estableció la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, tras modificar el régimen de penalidades para aquellos que cometan faltas de tránsito con jurisdicción nacional.
La resolución 372/2013 de dicha agencia estatal, publicada hoy en el Boletín Oficial, aplica sobre el transporte de pasajeros y de cargas generales y peligrosas, y extiende los plazos en hasta 36 cuotas mensuales consecutivas para abonar deudas contraídas por infringir las normas de tránsito.
Para hacerse de ese beneficio, la multa de las personas físicas y jurídicas en mora tendrán que ser iguales o mayores a los $500. A su vez, deberán renunciar, dentro del plazo de 10 días hábiles desde la notificación de la sanción, a "interponer cualquier recurso o reclamo administrativo o judicial" que la objete. En caso de que se venza ese margen y no se anteponga ninguna impugnación, podrá acordarse un pago de 24 cuotas mensuales y consecutivas, en el caso de que las infracciones sean igual o mayor a $700.
La prórroga rige también para las multas recurridas que superen los $1400 y $2.000, aunque en este último caso la deuda tendrá que abonarse hasta en 12 cuotas por mes.
Al beneficio de los planes de pago podrán acceder también las personas físicas y jurídicas de origen extranjero, "en virtud de la aplicación de multas impuestas de la aplicación del Segundo Protocolo Adicional sobre Infracciones y Sanciones de Alcance Parcial sobre Transporte Internacional Terrestre", en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI).