Tras su aprobación en el Senado y la Cámara de Diputados de la Nación, se instituyó finalmente la fecha 24 de agosto como "Día del Lector", en conmemoración y homenaje al día del natalicio del escritor argentino Jorge Luis Borges. El proyecto de ley, impulsado por el senador porteño Samuel Cabanchik (Proyecto Buenos Aires Federal), fue aprobado por unanimidad en ambas cámaras.
La ley promulgada tiene el fin de promover la lectura y la democracia a través de la realización en dicha fecha de actos de divulgación de las letras y de reconocimiento a la obra y a la trayectoria de la máxima figura de la literatura nacional.
El texto del proyecto menciona una recordada frase que Borges escribió en su poema "Un lector": "Que otros se jacten de las páginas que han escrito, a mí me enorgullecen las que he leído".
El proyecto asimismo destaca: "La democracia presupone y necesita de ciudadanos lectores que sepan entender y manejarse en el cúmulo de textos que se producen en la actualidad. Para ello, no basta sencillamente con saber deslizar los ojos por el texto, sino que es preciso saber decodificar significados, voces e intenciones".
La iniciativa del Dr. Cabanchik ya había sido presentada en agosto de 2011, y obtuvo entonces la aprobación unánime de la Cámara alta. Por otro lado, esta fecha es reconocida desde 2008 por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires mediante la Ley 2480, pero recién a partir del próximo 24 tendrá alcance nacional.
A continuación se transcribe el texto completo del Proyecto de Ley, que acaba de ser promulgado por el Poder Ejecutivo Nacional:
ARTICULO 1º — Instituir el día 24 de agosto de cada año como "Día del Lector", en conmemoración y homenaje al día del natalicio del escritor argentino Jorge Luis Borges.
ARTICULO 2º — Encomendar al Poder Ejecutivo Nacional la realización en dicha fecha de actos de divulgación de la lectura y de reconocimiento a la obra y a la trayectoria de Borges, como figura insoslayable de la literatura nacional y universal.
ARTICULO 3º — Invitar a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley.
ARTICULO 4º — Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL DIA VEINTISIETE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DOCE.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.754 —
AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Juan H. Estrada. — Gervasio Bozzano.
Más Noticias
Honduras: Perro ataca a una menor de dos años y la deja hospitalizada en Copán
Una niña de dos años permanece grave en un hospital de Santa Rosa de Copán en Honduras, luego de ser atacada por un perro. Las autoridades investigan las circunstancias del incidente.

Cuánto cuesta el collar que Aldo Rendón le regaló a Karina Torres por su cumpleaños
La influencer recibió un lujoso detalle por parte del stylist

Bacalar, la laguna que cambia de color: nadar, remar y perderse en Quintana Roo este verano
Descubre los siete colores de Bacalar, el destino imperdible del sur de Quintana Roo

Organizaciones sociales en Costa Rica convocan a plantón en defensa de la democracia y las instituciones públicas
Diversas organizaciones sociales y colectivos ciudadanos convocaron a un plantón para este jueves 6 de agosto en San José y Liberia, con el objetivo de manifestarse en defensa del Estado Social de Derecho, la independencia de los poderes de la República y las instituciones públicas

Tolima vs. Independiente Medellín EN VIVO online, Liga BetPlay: siga el minuto a minuto en directo del partido en Ibagué
Dos de los clubes con puntaje perfecto en el inicio del campeonato colombiano, se enfrentan por el liderato en el estadio Manuel Murillo Toro y con dos plantillas muy competitivas
