Empresarios del sector de la construcción denunciaron hoy ante la Justicia Federal al Ministerio de Trabajo y a la Unión Obrera de la Construcción (Uocra) por "exigir pago de dinero al gremio fuera de la ley".
Los empresarios realizaron la denuncia contra el Ministerio por entender que, mediante la homologación de un acuerdo con la Uocra y patronales de la construcción, "se obliga a las empresas a pagar al gremio una suma de dinero por trabajador contratado de carácter extraordinario que es inconstitucional y que viola normas de la Organización Mundial del Trabajo (OIT)".
A través de un comunicado, la Confederación de Pymes Constructoras (CPC) precisó que "el perjuicio para las empresas asciende a 60 millones de pesos y por eso la entidad pidió un amparo ante un juzgado federal de Tucumán, al entender que la medida es inconstitucional".
"Nunca un gremio se puede financiar con aportes de la patronal, eso viola las normas de la OIT", remarcó el titular de la Confederación, Rodolfo Alonso.
En diciembre pasado la UOCRA firmó un convenio con Trabajo y representantes de la Cámara Argentina de la Construcción con el que obligaba a las empresas constructoras a pagar por un convenio salarial una suma extra de 700 pesos no remunerativa a los trabajadores y una contribución a la Uocra entre 150 y 200 por cada obrero, dependiendo de la zona en la que trabajaran.
Las empresas nucleadas en CPC realizaron el pago a los trabajadores, pero no el aporte al gremio, y el 15 de febrero pasado hicieron una presentación ante Trabajo, objetando la validez de la resolución homologatoria del convenio, que establece una "contribución empresaria extraordinaria a favor de la Uocra".
"Lejos de tratarse de una contribución extraordinaria estamos frente a la ordinarización de una práctica que se torna, además de ilícita, manifiestamente abusiva ya que el 13 de mayo de 2010 las mismas partes signatarias del presente convenio pactaron una contribución empresaria extraordinaria idéntica", destacó Alonso.
Asimismo, puntualizó que "esta contribución empresaria extraordinaria contraría normas de orden público consagradas tanto en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional como en el derecho internacional incorporado al derecho local, en las cuales se garantizan los principios de libertad y pureza sindical".
Además consideró que "excede la finalidad de la negociación colectiva, pues lejos de tener por objeto cuestiones relativas a las condiciones de trabajo y empleo, tal como lo establece la OIT, la misma se presenta como una verdadera subvención a la UOCRA, impuesta incluso en relación a empleados que ni siquiera están afiliados a dicha entidad".
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