Los titulares de los vehículos que quieran realizar alguna operación de venta o cambio de nombre en el vehículo deberán pagar las multas que recibieron.
En ese sentido, se exigirá el abono de estas infracciones para efectuar la transferencia y el cambio de radicación de autos.
Asimismo, mediante la Resolución número 584, la Jefatura de Gabinete de la provincia de Buenos Aires designó como agentes de percepción de multas por infracciones de tránsito labradas en dicha jurisdicción a los titulares de los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios de todo el país.
Además, se indicó que los registros seccionales podrán percibir las multas por infracciones de tránsito cometidas en Buenos Aires, establecida por la Ley número 13.927 del Código de Tránsito de la Provincia, en el marco del convenio de complementación de servicios suscripto entre el Gobierno provincial y la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios.
De esta manera, el director de Política y Seguridad Vial bonaerense, Emiliano Baloira, sostuvo que podrán alcanzar dos objetivos: "Por un lado ofrecer mayores facilidades al infractor para cancelar sus faltas sin necesidad de ir al banco al tramitar la transferencia de su vehículo. Y por otro, que las sanciones sean realmente efectivas para quienes no respeten las normas de seguridad vial".