En abril de 1991, un hombre recurrió al Hospital Álvarez por un cuadro de infección en sus manos y alta temperatura, por lo que quedó internado y le diagnosticaron una insuficiencia en la médula ósea. Producto de la misma, el individuo continuó un mes internado, hasta ser dado de alta para continuar con su tratamiento de forma ambulatoria.
Finalmente, en 1995 sufrió un deterioro en su salud y en junio de ese año le diagnosticaron sida, enfermedad que le provocó la muerte en agosto.
Ante esto, la familia del difunto inició un juicio a la Comuna porque el contagio fue por una transfisión de sangre por parte del centro aistencial, aunque la Ciudad se defendió diciendo que pudo haberse contagiado del virus de HIV en transfusiones anteriores o incluso en un tratamiento odontológico.
Sin embargo, un fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo de la Ciudad, firmado por los jueces Carlos Balbín y Horacio Corti, señaló, de acuerdo a las pericias, que "la causa del contagio fueron las transfusiones de sangre y plaquetas realizadas en el Hospital Álvarez". A su vez, se acusa a la gobernación porteña porque "no acreditó el cumplimiento de las normas sobre el manejo seguro de sangre con el propósito de proteger a los receptores".
Ante esto, el gobierno de la Ciudad deberá indemnizar a la esposa y al hijo con un monto total de $207.000 más intereses desde 1995 ($90.000 por la muerte del paciente, $47.000 por tratamientos psicológicos para ambos y $70.000 por el daño moral).
El período de ventana
En el fallo, la Cámara en lo Contencioso Administrativo hace referencia al mismo, el cual es el tiempo necesario para saber si la sangre está infectada. Sin embargo, este período, que puede durar meses, es problemático cuando el paciente necesita que plaquetas, ya que las mismas sólo pueden conservarse unos días, explican los especialistas en hematología.
De todas formas, los jueces entendieron que la transfusión de sangre es una actividad riesgosa y que por sus consecuencias debe responder el prestador del servicio de salud, excepto cuando la culpa del contagio sea de la víctima o de un tercero, publicó el diario Clarín.
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