Desvinculan a obra social de la muerte de un paciente

La esposa de un hombre que falleció luego de ser tratado el Policlínico Bancario había denunciado que no le proveyeron una medicación preescrita. La Justicia sobreseyó a los directivos de la empresa

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El Juzgado de Instrucción Nº19, a cargo de Rodrigo Pagano, dictó el sobreseimiento de los directores del Policlínico Bancario en la causa que se les seguía por la muerte del enfermo Norberto Cerveto.

En un fallo al que tuvo acceso Infobae.com, los magistrados explican que tanto Rafael Laperchia como Susana Griselda Fionna no tienen nada que ver con el fallecimiento del paciente. "El deceso no tuvo motivo en un obrar negligente o imprudente por parte de los responsables del instituto médico", asegura.

Los magistrados basaron su decisión en las declaraciones de las dos profesionales que atendieron a Cerveto, y en los informes posteriores de los peritos forenses.

De acuerdo a la denuncia de la esposa de la víctima, afiliado de la Obra Social del Personal Bancario ?Solidaridad-, la no administración del fármaco Terlipresina inf, ampollas de 70 mg fue la que le provocó el deterioro de la salud y lo llevó a un desenlace fatal. Esta droga había sido recetada por un médico de la cartilla.

Sin embargo, las doctoras Beatriz Almeigeiras y Silvia Frías, quienes atendieron al paciente, concordaron en que la aplicación de esa medicación estaba orientada al tratamiento del deterioro de su función renal, y no de la cirrosis hepática, enfermedad de base por la que había sido internado.

Como tratamiento alternativo, mientras que esperaban la llegada de la droga -faltante en el establecimiento-, le suministraron "albumina", que cumplió favorablemente la misma función de la terlipresina y mejoró ese aspecto del cuadro.

En tanto, los médicos forenses de la Justicia determinaron que el fallecimiento se produjo por una "cirrosis hepática, hepatocarcinoma y síndrome ascítico edematoso refractario". "Además, de su historia clínica surgió que sufrió al menos cinco descompensaciones que motivaron internaciones por cuadros infecciosos, encefalopáticos, ascíticos edematosos y finalmente un síndrome hepato renal", agrega el fallo.

Es por eso que, para la Justicia, "en modo alguno los responsables de la clínica han colocado a Cerveto en una situación de desamparo o abandono al no haberle suministrado el fármaco indicado por los médicos (?). Lo cierto es que fueron suministrados tratamientos alternativos que surtieron los efectos deseados".