La Justicia de San Isidro declaró inimputable y sobreseyó a Martín Ríos, bautizado como el "tirador serial de Belgrano", tras un nuevo dictamen pericial elaborado en una causa por la tenencia ilegal de la pistola con la que cometió los ataques en la Capital Federal, informó su defensa.
Psiquiatras y psicólogos del hospital neuropsiquiátrico penal de Melchor Romero concluyeron que Ríos es esquizofrénico ?no comprende la criminalidad de sus actos ni dirige sus acciones-, por lo que el Tribunal Oral Criminal (TOC) 7 de San Isidro ordenó que continúe internado y se suspenda el juicio en su contra.
El tribunal dispuso la medida luego de recibir dos informes, uno psiquiátrico y otro psicológico, que los especialistas elaboraron en base a 15 días de observación y evaluación de la conducta de Ríos.
Una fuente judicial aseguró que desde que Ríos fue detenido nunca se le había realizado un peritaje psicológico y que el resultado fue "pésimo" en base a los dibujos que le hicieron hacer al acusado.
Por ejemplo, Ríos "dibujó a varias personas con armas en las manos y cuando le pidieron que hiciera a su familia, sólo dibujó a su padre y a su hermana, y dijo que para su madre no le alcanzaba la hoja", citó la fuente.
Previamente, los jueces habían recibido un informe similar elaborado por la Asesoría Pericial de San Isidro que señalaba que "de ser comprobados los hechos que se le imputan, han existido elementos psicopatológicos que le han impedido (a Ríos) comprender la ilicitud de sus actos y la dirección de sus acciones".
Además, el fiscal Diego Molina Pico había solicitado el sobreseimiento de Ríos días atrás y que siga internado, por interpretar que de las conclusiones médicas surge que el joven es "peligroso para sí y para terceros".
El artículo 34 del Código Penal establece que no es punible "el que no haya podido en el momento del hecho, ya sea por insuficiencia de sus facultades, alteraciones morbosas de las mismas, o por estados de inconciencia, error o ignorancia, de hecho no imputable, comprender la criminalidad del acto o dirigir las acciones".
En el caso de Ríos, de acuerdo a tres peritajes, el inciso 1 de ese artículo determina que "el tribunal ordenará la reclusión del mismo en un establecimiento adecuado hasta que se comprobase la desaparición de las condiciones que lo hicieren peligroso", lo que en muchos casos nunca ocurre.
"Ahora la jueza (María) Fontbona de Pombo va a tener que seguir estos mismos lineamientos porque sería un escándalo jurídico nunca antes visto en el país que un tribunal declare a alguien inimputable y otro lo envíe a juicio", dijo a Télam el abogado Angel Ramallo, quien celebró la decisión del TOC 7.
El defensor hizo referencia a la causa principal que enfrenta Ríos en la Capital Federal por el "homicidio agravado por placer" del que fue víctima Alfredo Marcenac el 6 de julio de 2006, cuando el imputado disparó indiscriminadamente contra peatones en la avenida Cabildo y José Hernández, de Belgrano.
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