La Cámara Federal porteña sobreseyó ayer a un hombre que fue denunciado
por su mujer porque a sus espaldas y sin su consentimiento le hizo sacar sangre a su hijita recién nacida para realizar un ADN a fin de confirmar su paternidad, según un fallo al que tuvo acceso Infobae.com.
La causa se inició en noviembre de 2004 por la madre de un menor que denunció que a los pocos días de nacer su hija, el 23 de junio de 2003, y mientras la niña estaba internada en terapia neonatal en el Sanatorio Otamendi y Miroli, el padre de la menor obtuvo una muestra de sangre sin que la denunciante prestara su consentimiento y sin
autorización judicial.
Con esa muestra obtenida con la ayuda de un integrante de esa clínica, se llevó a cabo un examen de ADN en el Colegio Oficial de Farmacéuticos y Bioquímicos de la Capital Federal que finalmente acreditó su paternidad.
La mujer, que denunció a su marido por violación a la ley de sangre y por lesiones, también querelló a la madre de su esposo, que fue quien retiró los resultados del estudio.
Para la Cámara, el hecho no encuadra, como sostuvo la denunciante, en el artículo 92 de la ley 22.990 que establece pena de hasta dos años de prisión a quienes obtengan sangre sin estar debidamente autorizados.
El Tribunal explicó que la autorización a que se refiere ese artículo no es la de la persona a la que se le practica el examen o sus representantes, sino que se refiere a la habilitación, por parte de las autoridades, a los establecimientos que sacan sangre.
Por esa razón, la Cámara dijo que en el caso no hay delito, sin perjuicio de que se pueda realizar una presentación en el fuero civil "por la afectación de derechos personalísimos que implicó el proceder cuestionado".
Con relación al delito de lesiones, de acuerdo a un especialista médico que declaró en la causa como testigo, la extracción de sangre a recién nacidos es habitual y "no puede producirles lesión alguna por el solo hecho de la extracción en si".
La resolución dictada por la Sala II de la Cámara y que confirmó un fallo del juez Norberto Oyarbide, avaló el sobreseimiento del padre de la nena y el archivo de la causa.
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