La Adminstración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aclaró ayer que la deuda impositiva de alrededor de 80 millones de pesos de la petrolera uruguaya Ancap no fue condonada sino que se resolvió a favor de esa empresa conforme a un dictamen emitido por la Procuración del Tesoro.
"En el caso de la empresa Ancap, nosotros cumplimos con un dictamen de la Procuración del Tesoro y es importante aclarar que no tenemos facultad para condonar deudas impositivas", señaló el titular de la AFIP, Alberto Abad.
Con el objetivo puesto en dejar en claro que la AFIP no condona deudas, Abad dijo que "la Procuración del Tesoro le dio la razón a la empresa Ancap" en su reclamo contra un ajuste impositivo iniciado por el fisco por 80 millones de pesos.
"No condonamos ni condonaremos deuda impositiva alguna", remarco el titular de la AFIP.
Según Abad, el fisco "no sólo cumplió con el dictamen de la Procuración sino que también lo hizo con los dictámenes internos".
La resolución a favor de la empresa uruguaya fue comunicada oficialmente luego del encuentro que mantuvieron ayer el presidente Néstor Kirchner y Tabaré Vázquez.
El conflicto entre la AFIP y Ancap nació a raíz de la interpretación que cada una de las partes hizo por el pago del Impuesto a los Combustibles (ITC).
La firma uruguaya presentó rectificaciones del ITC, aumentando su crédito fiscal proveniente de la comercialización de solvente y aguarras.
Estas presentaciones se produjeron gracias a un decreto mediante el cual se desgravava a este tipo de combustibles, que tenían un importe fijo a efectos del cómputo dentro del impuesto.
En consecuencia, la estrategia de Ancap consistió en tomar mayor crédito fiscal, teniendo como base un combustible sustituto de los solventes y el aguarras.
Así fue como, siguiendo este proceso, la petrolera estatal uruguaya tomó un mayor crédito fiscal sin modificar la base imponible.
La cuestión es que la empresa Ancap, con el objetivo de justificar y consolidar ese mayor crédito fiscal, presentó declaraciones juradas rectificatorias.
Precisamente, esas declaraciones juradas rectificatorias fueron declaradas no válidas por parte del organismo recaudador, que decidió impulsar el ajuste impositivo pertinente.
Sin embargo, la Procuración del Tesoro argumentó que las declaraciones juradas eran válidas y consecuentemente correspondía el mayor crédito fiscal presentado por la empresa.