Hoy a primera hora la AFIP subirá a su sitio de Internet, www.afip.gov.ar, el formulario virtual a través del que los actuales inscriptos en el régimen de monotributo deberán comenzar a reempadronarse, siendo la fecha tope el próximo 20 de julio.
Durante el mismo lapso, e ingresando en esa dirección electrónica, deberán registrarse los profesionales que revistaban en la eliminada categoría de responsables no inscriptos (RNI) en IVA. Siempre que no hayan facturado más de $72.000 en los últimos doce meses.
El dato clave que ambos deberán tener en cuenta para completar la planilla consiste en el monto de ingresos brutos obtenidos entre el 1º de mayo de 2003 y el 30 de abril de 2004. Así, el pequeño contribuyente deberá ingresar y completar con cruces y cliquear enviar.
Otra opción para los que tienen aversión o restricciones para ingresar a la Web es imprimir el formulario y dirigirse a la agencia de la AFIP más cercana, cuyas oficinas extenderán sus horarios en tres horas, incluyendo los sábados, donde atenderán de 10 a 14.
Tras completar el formulario, el contribuyente deberá dirigirse al banco y abonar la cuota que corresponda a su categoría, siempre antes del 20 de julio.
En este último caso, el trámite estará concluido recién cuando el dinero de la cuota ingrese en la AFIP. Mientras que si se toma la opción Internet, la inscripción ingresará automáticamente en los registros del ente recaudador, independientemente de la efectivización del pago en el plazo fijado.
Cabe destacar que aunque un contribuyente se encuadre dentro de una categoría determinada, por ejemplo la A, que establece un límite de $12.000 anuales en todos los casos, lo que determinará la clasificación final será la ubicación más alta en la escala entre el monto, la superficie ocupada y el consumo de energía. Si un pequeño contribuyente desarrolla su actividad en una superficie de 25 metros cuadrados, deberá anotarse en la B, ejemplifican en la AFIP.
Los reempadronados conservarán la copia del formulario que deberá ser sellado en la agencia o la que deberá imprimir de Internet, una vez aceptado su trámite, junto con el talón de pago de la primera cuota. Ambos documentos certificarán la recategorización, lo que será válido hasta el 31 de diciembre, cuando el organismo se compromete a enviar al domicilio la constancia definitiva.
Primer paso de la procesión
No obstante, tras este primer reempadronamiento, la AFIP impondrá una rutina de tres recategorizaciones anuales que obligarán al recálculo de ingresos, así como la revisión de las condiciones de consumo de energía y superficie requeridas para las categorías, durante mayo, septiembre y enero, correspondientes al mes de cierre que le precede.
Los profesionales que eran RNI podrán manejarse con las mismas facturas que poseen a la fecha hasta el próximo 31 de julio.
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