El Banco Nación limitó los créditos hipotecarios en Misiones por una polémica causa en la que un tribunal benefició a uno de sus empleados

La Cámara Federal de Posadas ordenó modificar el ajuste de las cuotas, que se actualizaban por inflación. Empezaron a usar ese caso como precedente y temen que las demandas se extiendan a todo el país. Desde la entidad denuncian que son “subsidios perpetuos” a favor de los deudores. La controversia llegó a la Corte Suprema de Justicia

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  • La Corte Suprema revisará un fallo que beneficia a un deudor del Banco Nación.
  • El banco restringió los créditos en Misiones para evitar futuras demandas contra el ajuste UVA.
  • Calificaron el fallo de “arbitrario” y preocupan las repercusiones en otras provincias.

Lo esencial: el Banco Nación decidió limitar sus créditos hipotecarios en la provincia de Misiones luego de un fallo judicial que favoreció a Renzo Alejandro Gabriel Azzimonti, un deudor que logró cambiar la modalidad de ajuste del crédito, que se actualizaba por inflación. La sentencia, que fue confirmada por la Cámara Federal de Posadas, establece un precedente que el BNA considera peligroso, ya que podría extenderse a otros deudores. El caso escaló hasta la Corte Suprema.

La sede central del Banco de la Nación, en Buenos Aires (REUTERS/Agustín Marcarian)
La sede central del Banco de la Nación, en Buenos Aires (REUTERS/Agustín Marcarian)

Por una polémica causa que llegó hasta la Corte Suprema de Justicia, el Banco de la Nación Argentina (BNA) limitó su oferta de créditos hipotecarios en la provincia de Misiones. Un deudor que tenía un préstamo que se actualizaba por inflación inició una demanda y logró que le cambien el ajuste a una tasa de interés real negativa. El fallo lo confirmó la Cámara Federal de Posadas y, casualmente, el beneficiado trabaja en ese mismo fuero. Su caso ya se usó como precedente y desde la entidad bancaria advirtieron que la situación podría replicarse en el resto del país.

El caso en cuestión es “Azzimonti, Renzo Alejandro Gabriel c/ Banco de la Nación Argentina y otros s/ Ley de Defensa del Consumidor”. Este empleado del Poder Judicial denunció en octubre del 2020 que varias cláusulas del contrato que había firmado dos años atrás con el BNA eran abusivas.

En 2018 había pedido $2.080.000, y la deuda ascendió a $12.896.381, entre capital e intereses, para fines de 2021. Habían acordado un ajuste por UVA, unidad que se actualiza todos los días en función a la variación del CER (Coeficiente de Estabilización de Referencia), que sigue de forma diferida a la inflación.

A fines de 2022, una jueza falló a su favor, declaró nulas seis cláusulas del contrato (entre ellas la referida al interés) y ordenó al organismo a que pague $1.040.000 de multa en concepto de daño punitivo, entre otros beneficios para Azzimonti. La disputa escaló hacia la Cámara Federal de Posadas, que un año más tarde ratificó el grueso de la sentencia en primera instancia.

Los jueces Mario Osvaldo Boldu y Ana Lía Cáceres mantuvieron la tasa real negativa. Ordenaron cambiar el ajuste UVA por el previsto en la línea de créditos “Nación Tu Casa”, que tiene una tasa fija hasta la cuota 37 y luego una variable. También establecieron que las devoluciones mensuales del crédito no pueden superar el 30% del sueldo del demandante, y redujeron la multa al BNA a $500.000.

La base argumental de los camaristas partió del criterio de “esfuerzo compartido”, ya que entendieron que al actualizar por inflación se genera un sobreendeudamiento al deudor, y al mismo tiempo el banco recibe un beneficio extraordinario. Consideraron que la nueva fórmula da lugar a que el vínculo contractual continúe con “un esfuerzo proporcional para ambos contratantes, recomponiendo la reciprocidad obligacional que condujo a las partes a contratar”.

“A esta altura no cabe duda que la diferencia entre la evolución proyectada para los índices inflacionarios por el propio Estado y lo que ocurrió en la realidad resulta un hecho que escapó a la razonable previsión del deudor y que no integra el riesgo asumido por éste”, se lee en el fallo, al que accedió Infobae.

Daniel Tillard, presidente del Banco de la Nación Argentina
Daniel Tillard, presidente del Banco de la Nación Argentina

El Banco Nación interpretó la decisión de la Justicia como un “subsidio perpetuo a favor de un deudor hipotecario” que se extenderá durante todo lo que dure la deuda. Calificaron de “arbitrario” el fallo al entender que “en el transcurso del juicio, no se permitió la prueba sobre el nivel de ingresos del actor, siendo que la incidencia de las cuotas no alcanza el 25% de su salario”.

“Tampoco la demostración de que el valor de las cuotas es inferior al valor locativo de la vivienda objeto del crédito. No es el único inmueble del señor Azzimonti quien, cuando tomó la hipoteca, declaró que poseía la porción mayoritaria de un inmueble comercial”, continuaron desde el banco en un comunicado.

Desde el departamento de Asuntos Legales del BNA le confirmaron a Infobae que apelaron el fallo con un recurso de queja ante la Corte Suprema porque “se genera una inseguridad jurídica en relación con lo pactado previamente entre el Banco y el tomador del crédito, dado que el nuevo índice implica un subsidio a favor del deudor” y, si el caso Azzimonti se toma como precedente para otros demandantes, revestiría un riesgo para “depositantes y bonistas, que son quienes fondean las hipotecas”. El máximo tribunal tiene pendiente definir si se involucra o no en la causa.

El fallo se usó como jurisprudencia para, al menos, un juicio más en la Cámara Federal de Posadas, el último mes de junio. Pero desde el BNA indicaron, ante la consulta de este portal, que son varios “los procesos en trámite ante dicha jurisdicción”, donde otorgaron unos 300 préstamos bajo estas condiciones. De allí nació la decisión de limitar los créditos hipotecarios en Misiones.

Qué créditos ofrece en el BNA en Misiones

“En adelante, los préstamos hipotecarios del BNA en Misiones serán sólo para adquisición de vivienda única y de ocupación permanente, con adhesión a la opción de cuota por índice CVS, agregando a la tasa de interés de 4,5% TNA una prima adicional del 1,5%”, confirmaron en los últimos días desde el organismo.

El CVS es el Coeficiente de Variación Salarial, que elabora el Indec y se obtiene a través de la transformación en tasas diarias del Índice de Salarios.

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