Sin antecedentes de incumplimientos Presidenciales, cuáles son otros casos que no se acataron fallos de la Corte Suprema

El ex procurador de Santa Cruz Sosa, la vacancia en la Defensoría del Pueblo de la Nación y pedidos al Congreso Nacional son algunos casos. Pero tienen diferencias con el expediente por la coparticipación

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HORACIO ROSATTI (PRESIDENTE) CARLOS ROSENKRANTZ (VICEPRESIDENTE) JUAN CARLOS MAQUEDA RICARDO LORENZETT 4 nuevos integrantes de la corte suprema
Los jueces de la Corte Suprema de Justicia

“Desde 1983 no hay antecedentes de que un presidente no cumpla un fallo de la Corte Suprema”, dijo hoy el jefe de gobierno de la ciudad de Buenos Aires, Horacio Rodríguez Larreta, por la decisión de Alberto Fernández de no acatar la decisión de esta semana del máximo tribunal sobre la coparticipación, de hacer una presentación y de recusar a los cuatro jueces de la Corte Suprema.

Pero sí hay otros casos de sentencias de la Corte Suprema que no se terminaron de cumplir. Tienen algunas diferencias con el caso de la coparticipación: no se trató de contiendas por dinero y el destinario de las decisiones del máximo tribunal no fue el Poder Ejecutivo de la Nación.

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El caso más conocido es “Sosa”. Eduardo Sosa era el procurador general de Santa Cruz ante el Superior Tribunal de Justicia. En 1995 fue apartado del cargo porque una ley de la provincia dividió el cargo. Por esa situación se ordenó que Sosa cobre una indemnización pero inició una causa para ser restituido que llegó hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En varios fallos, el máximo tribunal le ordenó al Poder Ejecutivo de Santa Cruz que reponga a Sosa en el cargo. Pero nunca se cumplió. La provincia alegó que el lugar de Sosa ya había sido ocupado por el procedimiento que marca la ley y que no se podía destituir a quien lo ocupaba.

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En octubre de 2009 la Corte Suprema dictó un nuevo fallo. “Se impone al señor Gobernador de la Provincia de Santa Cruz la carga de reponer a Eduardo Emilio Sosa en el cargo de Agente Fiscal ante el Superior Tribunal de Justicia de esa provincia, dentro de los 30 días de que se le notifique esta sentencia, bajo apercibimiento de dar intervención a la justicia penal para que investigue la eventual comisión de un delito de acción pública”, dijo el máximo tribunal.

La Corte le reiteró en otras oportunidades a Peralta la intimación y un año después lo denunció penalmente. En diciembre de 2018, Peralta fue condenado por el delito de desobediencia a un año de prisión en suspenso en una decisión que tomó el entonces juez federal de Río Gallegos Guido Otranto.

reunión del presidente Alberto Fernández con gobernadores en la Casa Rosada
La reunión de ayer de Alberto Fernández con los gobernadores

Tanto Rodríguez Larreta como Elisa Carrió, titular de la Coalición Cívica, adelantaron que harán denuncias penales por el incumplimiento del fallo.

Otra sentencia de la Corte Suprema que no se cumplió fue en el caso del Defensor del Pueblo de la Nación. Se trata de un cargo que está vacante desde hace 14 años. “Corresponde exhortar al Congreso de la Nación para que proceda a su designación de acuerdo a lo establecido con el artículo 86 de la Constitución Nacional”, dijo el máximo tribunal en un fallo de agosto de 2016. El cargo de defensor del Pueblo está vacante desde 2009 cuando lo dejó su último titular Eduardo Mondino.

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Hubo otros casos en los que el máximo tribunal exhortó al Congreso a sancionar leyes. Por ejemplo, en el caso del Consejo de la Magistratura de la Nación -el órgano encargado de la selección y acusación de jueces nacionales y federales y de la administración del Poder Judicial- para que modifique su integración luego que en diciembre del año pasado declaró inconstitucional su conformación. También en noviembre de 2015 declaró inconstitucional la ley de jueces subrogantes y le pidió al Poder Legislativo que sancione un nuevo régimen.

Según los especialistas se trata de fallos exhortativos. La diferencia es que no se trató de casos económicos, como ocurre con el expediente de la coparticipación, en el que además se trató de una orden directa. “Ordenar que durante la tramitación del proceso el Estado Nacional entregue a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 2,95% de la masa de fondos definida en el artículo 2° de la ley 23.548″, dijeron los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz en su fallo.

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